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Contraloría ya no vigilará a entidades financieras y bancos con participación estatal

La Contraloría detectó indicios de responsabilidad penal en las declaraciones patrimoniales de 10 jueces. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Las entidades financieras, bancarias y compañías privadas con participación estatal ya no estarán bajo el control y vigilancia de la Contraloría General del Estado. Así lo establece el Decreto 695, suscrito por el presidente Guillermo Lasso el lunes 20 de marzo del 2023.

En el documento se realizó cambios al reglamento de la Ley de la Ley Orgánica de la Contraloría General, en los artículos 4, 5 y 6.  

Entre las modificaciones, el Gobierno entrega exclusivamente el control, vigilancia y supervisión de las entidades financieras y bancarias privadas, con participación estatal del 50% o más, a la Superintendencia de Bancos.

Asimismo, las compañías o sociedades mercantiles privadas y las compañías privadas de seguros, que tengan participación accionaria del Estado serán vigiladas únicamente por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Antes de estos cambios, todas las entidades y compañías con participación estatal estaban bajo el control de la Contraloría además de las superintendencias.

Sin embargo, el Decreto establece que la Contraloría sí podrá realizar controles específicos sobre los recursos públicos; es decir, sobre el capital pagado y la distribución e inversión de utilidades que correspondan al inversionista del sector público. “No serán auditables recursos de terceros”, señala el documento.

Esta nueva normativa entrará en vigencia con su publicación en el Registro Oficial. Hasta este 22 de marzo del 2023, los cambios no han sido publicados.

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