El Tribunal Constitucional italiano consideró este miércoles, 27 de abril de 2022, “discriminatorio y lesivo” asignar automáticamente el apellido paterno a un hijo.
“A la luz del principio de igualdad y en interés del hijo, ambos padres deben compartir la elección, supone un elemento de la identidad personal”, se lee en un comunicado.
En Italia generalmente sólo se usa un apellido, el del padre, pero el Tribunal ordenó que el hijo asuma los de ambos progenitores en el orden que estos acuerden.
En caso de desacuerdo acerca del orden, será el juez quien decida.
Normas ilegítimas
La Corte de este modo ha declarado “ilegítimas” todas las normas que en el ordenamiento jurídico italiano prevean la asignación automática del apellido del padre, tanto con los hijos nacidos de un matrimonioo fuera de él.
Y ha emplazado al Parlamento a regular esta sentencia con una ley.
La asignación automática, justificó, viola varios artículos de la Constitución, entre estos el tercero, en el que se proclama que “todos los ciudadanos tiene la misma dignidad social y son iguales ante la ley sin distinción de sexo“.
Centencia previa
Se trata de una decisión que tumba algunas disposiciones al respecto, como el artículo 262 del Código Civil italiano, según el cual el hijo asume el apellido del progenitor que antes lo reconozca.
La sentencia del Constitucional llega después de que una pareja de Bolzano recurriera a la Corte porque prefería dar a su hijo el apellido de la madre.
Sus abogados consideraron el veredicto como “un resultado histórico” y una “pequeña revolución”, términos utilizados también por algunos políticos del país, que lo celebraron enseguida.