La OIT establece que 830 millones de madres trabajadoras no tienen acceso a mecanismos que garanticen tiempo para la lactancia. Foto: Paúl Rivas / EL COMERCIO
Cuatro ajustes legales aprobó el Gobierno en los nueve años de gestión para beneficiar a las madres trabajadoras. Sin embargo, aún hay obstáculos para que las mujeres con niños o en edad reproductiva hallen empleo.
La Organización Mundial de Trabajo (OIT) establece en el Convenio 183 que este grupo de mujeres tenga un tiempo mínimo remunerado para recuperarse luego del parto. Además, a través de programas, la entidad trata de mostrarle al mundo que sí es factible que las mujeres trabajen y, al mismo tiempo, tengan espacio para la lactancia. La OIT revela que en el mundo hay unos 830 millones de madres trabajadoras sin acceso a mecanismos que garanticen tiempo para la lactancia, pero en países como Ecuador sí existe tal protección. En el 2012, por ejemplo, con la aprobación de la Ley de Defensa de los Derechos de los Trabajadores, se extendió el permiso de lactancia de nueve meses a un año. Esto ha sido destacado por las trabajadoras en relación de dependencia del país.
Stephany Almeida es empleada pública y madre de una bebé de siete meses. Ella se benefició de la nueva legislación. “Este momento estoy en el período de lactancia, que finaliza en diciembre. Es superbueno porque si saliera en horario regular casi no pasaría tiempo con mi nena, que todavía es pequeña. Pero ahora hago una sola jornada, sin almuerzo, hasta las 14:00 y me ayuda”, comenta.
Durante el tiempo de lactancia las mujeres trabajan solo seis de las ocho horas regulares. Las madres pueden ingresar al trabajo dos horas más tarde o salir 120 minutos antes. Soledad Veintimilla se acogió a este último beneficio. Labora en el sector público y destaca que, gracias a este período extendido, alimentó a su hija con leche materna, lo que le ha permitido que crezca más sana. Además, se organizó para generar su propio banco de leche, con el fin de que alimentaran a su bebé cuando ella estuviese ausente. Veintimilla tuvo tres meses de permiso de maternidad, tal como lo establece la ley.
Iván Nolivos, abogado laboral, explica que en el 2009 se reformó el permiso de maternidad y pasó a ser licencia remunerada de maternidad de 12 semanas (la OIT recomienda 14).Desde hace mes y medio, en cambio, está vigente la posibilidad de que las madres -y también los padres- extiendan este período por nueve meses, aunque desde el cuarto mes la licencia pasa a ser no remunerada. Esto es opcional.
Eddy Troya, titular de la empresa Human Plus, comenta que para la mayoría de casos no es tan funcional porque un hijo trae gastos que son necesarios solventar con el sueldo de los padres. El experto considera que los beneficios aprobados han ocasionado limitaciones tácitas de ciertas empresas a la hora de contratar a mujeres en edad reproductiva o a madres con niños pequeños. Incluso, dice, llegan a acuerdos no legales, para que las trabajadoras no se embaracen y así evitar gastos por las ausencias.
Érica Guerrero, quien tiene una hija de dos años cinco meses, vivió una experiencia compleja.La joven relata que entró a trabajar en una compañía donde le dijeron que no iba a tener ningún permiso si su hija se enfermaba. Una vez tuvo que ausentarse y le advirtieron que si seguía así, conseguirían a otra persona.
Nolivos asegura que también hay otras barreras para las mujeres. El abogado lleva casos de madres que, pese a que existe la figura de despido ineficaz, no han sido reincorporadas a su empleo, como dice la norma. El despido ineficaz es una figura legal en la que la mujer demanda a su empleador por haber sido despedida por su estado de gestación o en etapa de lactancia. ¿La razón? Las madres desconocen la ley y tardan más de 30 días en presentar la demanda, entonces esta prescribe.
El Cogep acorta tiempos
El próximo 23 de mayo entra en vigencia el Código General de Procesos (Cogep), una normativa que regula todos los procesos no penales, entre ellos los relacionados con juicios de niñez y familia (pensión de alimentos, tenencia, visitas o patria potestad).
Esta nueva legislación acorta los tiempos de los litigios.
Actualmente, una demanda de alimentos puede resolverse en unos 45 días. Con el Cogep, ese trámite se despacharía en unos 20 días, según Luis Labré, juez de la familia, niñez y adolescencia de Quito. Los tiempos también se reducen en los litigios por tenencia, visitas o patria potestad. Hoy, estos se extienden hasta cuatro meses. El Cogep lo simplifica a 45 días.