La audiencia del caso Sobornos se suspendió el 3 de septiembre del 2020. Foto: Cortesía
En la Corte Nacional de Justicia se desarrolló la audiencia de casación para 16 de los 20 sentenciados por cohecho en el caso Sobornos.
Para el expresidente Rafael Correa, Jorge Glas, Viviana Bonilla, Pamela Martínez, Laura Terán, Alexis Mera, Vinicio Alvarado, Christian Viteri y ocho empresarios este es el último recurso legal que tienen antes de que la condena quede ejecutoriada.
La fiscal general, Diana Salazar, pidió a los conjueces Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra que se ratifique la pena para todos sentenciados en este caso. Esa condena fue dictada por el Tribunal de Apelación, el pasado 22 de julio del 2020.
La diligencia se instaló a las 10:30. Durante seis horas los abogados explicaron que en la sentencia se aplicó e interpretó de forma incorrecta cinco artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y seis del Código Penal (CP), vigente hasta el 2014.
Luego la fiscal general, Diana Salazar, expuso sus argumentos. Dijo que las normas penales sí se interpretaron correctamente para imponer la sentencia contra Correa y Glas y el resto. Por eso pidió que el Tribunal ratifique la condena de ocho años de cárcel.
Durante la audiencia, Alfonso Zambrano, abogado de Correa, indicó que en el fallo judicial se confundió el término autor e instigador del delito. Además, aseguró que el exmandatario no incurrió en una infracción penal. Por eso solicitó que se deje sin efecto la sentencia y se declare su inocencia.
Para Cristian Romero, defensa de Glas, también se aplicó de forma indebida el artículo 42, numeral 2 del COIP. Allí se menciona que un autor mediato es quien instiga o aconseja a otra persona a cometer una infracción. Según el jurista, su cliente no actuó de esa forma. “La pena está mal atribuida, por lo que debe ser corregida”.
La Fiscal aseguró que no hubo error al aplicar esa norma, pues sí participaron en el ilícito.
En cambio, Calixto Vallejo, abogado de Viviana Bonilla, dijo que los hechos investigados por Fiscalía no se adecúan al delito de cohecho establecido en el artículo 285 del Código Penal.
Por eso pidió que su cliente sea declarada inocente. El mismo argumento fue utilizado por la defensa de Christian Viteri. La fiscal Salazar dijo que no existen criterios jurídicos en el planteamiento de ambos.
La defensa del exsecretario jurídico del correísmo Alexis Mera y la de los empresarios Mateo Choi, Pedro Verduga, Edgar Salas, William Philips y Víctor Fontana también dijeron que las pruebas y hechos plateados por la Fiscal no se relacionan con el delito de cohecho.
Fontana aseguró además que en la sentencia no se consideraron atenuantes a la pena, por ejemplo, que él es una persona mayor a 60 años y compareció ante la justicia durante todo el proceso.
Diana Salazar sostuvo que ninguno de los planteamientos de los abogados tiene fundamentación jurídica.
En cambio, la abogada de Vinicio Alvarado pidió que se revoque la sentencia de ocho años y que se imponga una pena de máximo cinco.
Los magistrados deben analizar los argumentos expuestos y establecer si en el fallo de primera instancia hubo violaciones a la ley.
Solo revisarán el aspecto legal del fallo. No analizarán el hecho mismo ni las pruebas. El Tribunal puede reducir la pena, anular la condena o ratificarla.
La diligencia se suspendió en aproximadamente a las 20:30 del jueves 3 de septiembre y se reinstalará a las 09:00 del viernes 4.