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¿Qué cambia en Educación con el Decreto Ejecutivo 145?

Imagen referencial. Los establecimientos públicos utilizarán libros entregados por el Ministerio de Educación, por lo que no podrán exigir a las familias la compra de textos adicionales, dijo la Secretaría en un comunicado. Foto: Pixabay

El presidente Guillermo Lasso suscribió el Decreto Ejecutivo 145 este martes 03 de agosto del 2021. La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia (Segcom) informó este miércoles 04 que los objetivos principales de esta iniciativa son la promoción y reactivación de las instituciones educativas con modalidades flexibles e innovadoras, la incorporación de herramientas tecnológicas y digitales, la transparencia de la información y la simplificación de trámites.

Además, señalaron, se busca que la evaluación estudiantil haga énfasis en los logros de aprendizaje al concluir el proceso educativo, reemplazando las pruebas acumulativas.

En ejercicio de su autonomía responsable, informó la Segcom, los planteles que no reciben textos estatales podrán elegir los que cumplan con el currículo nacional obligatorio, adecuados a su filosofía institucional y al contexto socioeconómico de sus familias.

Los establecimientos públicos utilizarán libros entregados por el Ministerio de Educación, por lo que no podrán exigir a las familias la compra de textos adicionales, dijo la Secretaría en un comunicado.

En cuanto a las modalidades semipresencial y a distancia, la ministra de Educación, María Brown, dijo que esta posibilidad se extiende desde educación inicial hasta bachillerato, ya que previamente estaban permitidas solo para mayores de 15 años con escolaridad inconclusa. Además, señaló, se redefine el concepto de recurso educativo hacia todo material y medio físico o digital, didáctico o pedagógico, que aporte al proceso de enseñanza-aprendizaje.

En el Decreto además consta que la Autoridad Educativa Nacional es responsable de la provisión de dispositivos tecnológicos gratuitos para los estudiantes de la educación pública y fiscomisional, de manera progresiva y en la medida de la capacidad institucional del Estado, con la posibilidad de recibir donaciones.

Este también amplía la vigencia de la elegibilidad de los aspirantes a una plaza permanente de dos a cinco años. Y se reduce el tiempo en que se realizan los concursos públicos de oposición y méritos de más de 13 meses a máximo seis.

Además, se plantean facilidades en el proceso de autorización para el funcionamiento de instituciones educativas, ya que se simplifican trámites y requisitos. “Las resoluciones se emitirán por una sola vez al momento de su creación y después se realizarán actualizaciones únicamente en los casos en que se modifique las condiciones con las que fue aprobada en un inicio”.

Con el fin de facilitar la libre elección de las familias sobre la educación que quieren para sus hijos, el Decreto Ejecutivo también estipula la obligatoriedad de transparentar la información y los costos de la educación particular y fiscomisional. “Las instituciones educativas deberán garantizar que, previo al proceso de matriculación, las familias tengan conocimiento sobre todos los costos en los que deberán incurrir durante todo el año lectivo como costos de matrícula, pensión, recursos educativos, materiales pedagógicos y editoriales”.