Eutanasia se aplicó por primera vez en Ecuador; la Asamblea debe la ley regulatoria

En Ecuador, la Asamblea debe aprobar la ley que regula la eutanasia.

En Ecuador, la eutanasia se despenalizó el 7 de febrero de 2024 y ya se aplicó en el primer caso, en una mujer, en Guayaquil.

El proceso contempla un protocolo, tras la despenalización determinada parte de la Corte Constitucional. Paola Roldán, quien falleció el 11 de marzo de 2024, impulsó la lucha para la autorización.

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Eutanasia en Ecuador, el primer caso y la ley en la Asamblea

Paola Roldán murió luego de padecer Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) por complicaciones de la enfermedad y no llegó a acceder a la eutanasia.

El 8 de mayo de 2025, ya se registró el primer caso oficial en el país. Este se ejecutó en Guayaquil, a través de una gestión en el Instituto Ecuatorianos de Seguridad Social (IESS). La paciente enfrentaba un cáncer avanzado.

La persona, a través de un equipo legal, realizó el pedido a una jueza Constitucional para que, justamente, el IESS direccionara los protocolos. El dictamen legal fue favorable.

Los parámetros para la eutanasia en Ecuador

La eutanasia tendrá la consideración de muerte natural en el caso de una persona con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal crítica e irreversible. 

El pedido del paciente o representante legal debe ser voluntario, informado e inequívoco. Hay requisitos básicos:

  • Tener la nacionalidad ecuatoriana o ser extranjeros con residencia permanente en el Ecuador.
  • Ser mayor de edad y encontrarse en plenitud de sus capacidades mentales, legales y consciente en el momento del pedido.
  • Solicitud para la aplicación de la eutanasia activa, voluntaria, informada, inequívoca y persistente, expresada de manera directa por el paciente. 
  • Diagnóstico definitivo de la enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversible.
  • Evolución de la enfermedad en la que se incluyan tratamientos recibidos, alternativas terapéuticas aplicadas y sin resultados, diferentes terapias relacionadas con el manejo del sufrimiento, el dolor y complicaciones médicas.
  • Constancia de que el paciente tuvo el acceso efectivo a tratamientos curativos y cuidados paliativos integrales, a cargo de profesionales especialistas en cada área.

Hay un proceso inconcluso en la Asamblea

Aunque la eutanasia ya se puede aplicar en Ecuador, resta la aprobación de la ley que regula el procedimiento como garantía al “derecho a la dignidad y autonomía de la vida”.

La propuesta llegó a la Asamblea Nacional el 28 de junio de 2024. Sin embargo, este martes, 13 de mayo, termina el periodo legislativo 2023-2025 y aún no se aprueba.

En el sitio oficial del Legislativo, el proyecto aparece en trámite en la Comisión de Derecho a la Salud y en revisión para pasar a primer debate.

El reglamento para la aplicación

El Ministerio de Salud Pública emitió el reglamento para la aplicación de la eutanasia en Ecuador el 12 de abril de 2024. Este se encuentra vigente hasta la aprobación de la norma.

De acuerdo con el reglamento, el procedimiento consiste en la administración de fármacos en dosis letales, con el objetivo de causar la muerte anticipada.

El primer paso es solicitar un informe médico en el sistema nacional de salud y un diagnóstico definitivo de la enfermedad o lesión corporal. 

La persona debe contar con documentos de voluntades anticipadas o testamento vital, notariados y copia de la decisión judicial que respalde la representación legal. 

El reglamento para la aplicación de la eutanasia contempla que los profesionales podrán negarse a participar o continuar con el proceso, ejerciendo su derecho a la objeción de conciencia.

La negativa se da en caso de que una persona considere incompatible la aplicación de la norma con el respeto a un determinado valor moral