En Ecuador, la eutanasia se despenalizó el 7 de febrero de 2024 y ya se aplicó en el primer caso, en una mujer, en Guayaquil.
El proceso contempla un protocolo, tras la despenalización determinada parte de la Corte Constitucional. Paola Roldán, quien falleció el 11 de marzo de 2024, impulsó la lucha para la autorización.
Paola Roldán murió luego de padecer Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) por complicaciones de la enfermedad y no llegó a acceder a la eutanasia.
El 8 de mayo de 2025, ya se registró el primer caso oficial en el país. Este se ejecutó en Guayaquil, a través de una gestión en el Instituto Ecuatorianos de Seguridad Social (IESS). La paciente enfrentaba un cáncer avanzado.
La persona, a través de un equipo legal, realizó el pedido a una jueza Constitucional para que, justamente, el IESS direccionara los protocolos. El dictamen legal fue favorable.
#ComunicadoOficial | @Salud_Ec expidió este viernes 12 de abril de 2024, el reglamento para la aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria y Avoluntaria en Ecuador, en cumplimiento con la Sentencia Nro. 67-23-IN/24 de la Corte Constitucional.
— Ministerio de Salud Pública 🇪🇨 (@Salud_Ec) April 14, 2024
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La eutanasia tendrá la consideración de muerte natural en el caso de una persona con una enfermedad grave e incurable o lesión corporal crítica e irreversible.
El pedido del paciente o representante legal debe ser voluntario, informado e inequívoco. Hay requisitos básicos:
Aunque la eutanasia ya se puede aplicar en Ecuador, resta la aprobación de la ley que regula el procedimiento como garantía al “derecho a la dignidad y autonomía de la vida”.
La propuesta llegó a la Asamblea Nacional el 28 de junio de 2024. Sin embargo, este martes, 13 de mayo, termina el periodo legislativo 2023-2025 y aún no se aprueba.
En el sitio oficial del Legislativo, el proyecto aparece en trámite en la Comisión de Derecho a la Salud y en revisión para pasar a primer debate.
El Ministerio de Salud Pública emitió el reglamento para la aplicación de la eutanasia en Ecuador el 12 de abril de 2024. Este se encuentra vigente hasta la aprobación de la norma.
De acuerdo con el reglamento, el procedimiento consiste en la administración de fármacos en dosis letales, con el objetivo de causar la muerte anticipada.
El primer paso es solicitar un informe médico en el sistema nacional de salud y un diagnóstico definitivo de la enfermedad o lesión corporal.
La persona debe contar con documentos de voluntades anticipadas o testamento vital, notariados y copia de la decisión judicial que respalde la representación legal.
El reglamento para la aplicación de la eutanasia contempla que los profesionales podrán negarse a participar o continuar con el proceso, ejerciendo su derecho a la objeción de conciencia.
La negativa se da en caso de que una persona considere incompatible la aplicación de la norma con el respeto a un determinado valor moral.