La elección, por medio de votos directos de los miembros del Cpccs y la promoción del voto nulo, ha hecho evidente -nuevamente- la incapacidad nacional de mantener un debate respetuoso sobre temas de interés público, en el que se expresan los diferentes puntos de vista, algo normal en una sociedad democrática.
Parecería que se nos olvidó hace largo tiempo ya, las implicaciones de vivir en una sociedad plural, en la que inevitablemente se presentarán diferencias, discrepancias en asuntos que nos afectan a la ciudadanía en su conjunto. No existe una verdadera democracia si no podemos aceptar los disensos y no contamos con caminos pacíficos para resolver nuestras disputas y darles salidas claras.
Elegir es una forma de decidir, debemos recordar que uno de los principios que regulan las elecciones -en nuestro país- es que cada votante es un voto, para superar aquellas versiones previas en las que educación, riqueza, ascendencia o profesión, por poner algunos ejemplos, otorgaba una posición de superioridad.
Esta visión es central de cara al manejo de los resultados del proceso electoral y la falta de definición previa de parte del Consejo Nacional Electoral respecto del conteo del conjunto de los votos válidos y nulos. En la elección de consejeros del Cpccs se utilizaron tres papeletas, en dos de ellas el elector podía escoger tres alternativas y en la tercera una sola. Es decir, podíamos elegir entre una a siete opciones, en tanto que se puede anular de una a tres papeletas. Quien votó positivamente escogiendo siete opciones, ¿cuenta como siete votos? La respuesta obvia es no. ¿La anulación de las tres papeletas implica un solo voto nulo ? La respuesta es sí, por eso contabilizarlas de manera diferenciada resultaría en un trato desigual entre los votantes. Las normas vigentes establecen que para anular las elecciones los votos nulos deben superar a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos, o de las respectivas listas, para cada dignidad. Esta regla crea un problema ya que está pensada en elecciones por listas o unipersonales, no para la elección sui géneris de consejeros del Cpccs, en la que el voto es individual permite elegir hasta siete consejeros, por ello al contar por siete los votos válidos y por uno los nulos se distorsiona los resultados.
Un temeroso CNE dejó de resolver de forma previa un tema central, trató de pasar la carga al Contencioso Electoral generando una incertidumbre inaceptable.
De todas formas, sin importar el resultado final de las elecciones, hay tres cosas claras: existe un debate social importante sobre la continuidad o no de una entidad que probó ser una muy mala idea, el Cpccs electo (en caso de que no se anulen las elecciones) tiene competencias ordinarias, por tanto no podrá evaluar y cesar en sus cargos a quienes fueron elegidos por el Cpccs transitorio y a la par, debemos repensar nuestras prácticas democráticas, porque estar en desacuerdo no nos hace enemigos.