Un juicio político que por los antecedentes no tenía ninguna trascendencia; una vez concluido, da lugar a lecturas complejas por la naturaleza de los votos, sus motivos y consecuencias. El juicio en sus inicios no pasaba de ser una copia de la obra de García Márquez “Crónica de una muerte anunciada”.
Sin embargo, la votación coincidente de la alianza socialcristianismo, Creo y el correísmo – ¿será el nuevo gobierno? – puede ser la evidencia de una concertación a partir de mayo 2021. Una explicación para comprender las barreras que juntos han levantado para impedir la candidatura de Álvaro Noboa.
El final del capítulo que se cerró con los 104 votos para censurar el uso policial de bombas caducadas, no mortales, complica la lectura final. Era un juicio inocuo sin más escándalo que el comportamiento político de los parlamentarios que esperan al próximo gobierno; pues cualquier otra causa, podía levantar peligrosas polvaredas como el caso de los hospitales. En esos, hubiera sido imposible que en muchas sesiones existan quorum, pues el rabo de paja no es suficiente para abrigar cuando hace frío en el recinto de la Asamblea Nacional; sorprende, como detalle, la falta de elegancia política de algunos de los legisladores de las bancadas del PSC-Creo que pudieron usar la curul para despotricar contra la ministra censurada y al final abstenerse por elemental vergüenza. A lo mejor el correísmo si les permitía esos mandobles.
Un segundo caso que obliga a la meditación es el nombramiento del sucesor de la ministra censurada. Se trata del funcionario que desempeñaba la sub-secretaría y que en su hoja de vida registra ser un general retirado de la Policía Nacional y Jefe del Comando Institucional más alto. Es decir, que la ministra que fue enjuiciada y sancionada por un acto de gestión policial es sucedida por un ex alto oficial retirado, con el alto grado de general de la Policía Nacional.
En primer lugar, no es justificable que un oficial de Policía, a pesar de ser retirado, ocupe las funciones superiores del ministerio de la política; mucho menos en este caso, dónde la institución ha sido censurada por haber defendido con la máxima precaución dentro de las circunstancias, el orden público que fue afectado por los violentos disturbios del 18 de octubre pasado.
La confusión del momento, agravada por el juicio político, debe sumar las diatribas jurídicas y políticas entre el Tribunal Contencioso Electoral y el Consejo Nacional Electoral, que en su confusión han olvidado una lectura simple del art. 221 de la Constitución.
En este desorden político institucional resulta irónico que nos asombremos de lo que pasa en otros países como es el caso de las destituciones y posiciones de los presidentes de la República del Perú o el descontrol de la hinchada y gobierno argentino por la partida de aquel que con goles reivindicó la derrota de Las Malvinas.