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Las personas empadronadas, obligadas a votar, y que no lo hicieron en las elecciones 2025 del 9 de febrero, deben pagar una multa del 10% del salario básico unificado (47 dólares).
Sin embargo, el Código de la Democracia establece casos en los que se puede justificar la inasistencia. Hay un proceso específico.
La normativa electoral establece que las personas que teniendo la obligación de votar y no lo hacen deben pagar una multa. Pero, hay excepciones.
Entre esas están quienes no pudieron ejercer su derecho al voto por mandato legal o, a su vez, por motivos de salud o impedimento físico.
En los dos últimos casos, las personas deben presentar el certificado de un médico del Sistema Nacional de Salud Público o privado.
El Código de la Democracia también incluye a quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
Se suman al grupo aquellas personas que, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como quienes se encuentren fuera del territorio nacional.
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— cnegobec (@cnegobec) February 12, 2025
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Las personas pueden presentar los documentos que justifiquen la omisión en el organismo electoral desconcentrado del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Es decir, pueden ser las delegaciones electorales provinciales o, a su vez, las instancias que el CNE defina.
Por calamidad doméstica grave:
Impedimento físico/salud:
Ausencia del país:
