Las personas empadronadas, obligadas a votar, y que no lo hicieron en las elecciones 2025 del 9 de febrero, deben pagar una multa del 10% del salario básico unificado (47 dólares).
Sin embargo, el Código de la Democracia establece casos en los que se puede justificar la inasistencia. Hay un proceso específico.
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No votar en elecciones 2025 y justificación
La normativa electoral establece que las personas que teniendo la obligación de votar y no lo hacen deben pagar una multa. Pero, hay excepciones.
Entre esas están quienes no pudieron ejercer su derecho al voto por mandato legal o, a su vez, por motivos de salud o impedimento físico.
En los dos últimos casos, las personas deben presentar el certificado de un médico del Sistema Nacional de Salud Público o privado.
Otros motivos que libran de la multa por no votar
El Código de la Democracia también incluye a quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
Se suman al grupo aquellas personas que, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como quienes se encuentren fuera del territorio nacional.
¿Cómo justificar la inasistencia?
Las personas pueden presentar los documentos que justifiquen la omisión en el organismo electoral desconcentrado del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Es decir, pueden ser las delegaciones electorales provinciales o, a su vez, las instancias que el CNE defina.
Los requisitos para el proceso
Por calamidad doméstica grave:
- Cédula de identidad
- Certificado de defunción de familiar o documento que respalde la calamidad doméstica
Impedimento físico/salud:
- Cédula de identidad
- Certificado emitido por un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Pública o Privada.
Ausencia del país:
- Cédula de identidad
- Copias pasaporte (página en la que consta la fotografía y páginas en las que está el ingreso y salida del país que demuestren que estuvo ausente durante los procesos electorales).
- En caso de no tener pasaporte o haber salido y entrado al país por las fronteras con la cédula de ciudadanía, se deberá presentar el Certificado Migratorio.