Canto del silencio
Marcelo Gallo Gallegos
Tenemos exponentes, como Julio Jaramillo, que han dejado oír su voz en el cancionero ecuatoriano y son altamente reconocidos; pero, contrario a este proceder, hay muchos que ofrecieron cantar pero permanecen silenciosos y les ha resultado ser mas beneficioso. Si repasamos lo que ha sucedido en los últimos años, aunque no sea estrictamente en orden cronológico, tenemos que un funcionario, que llego a ser Vicepresidente, ofreció cantar para involucrar a las mas altas esferas del desgobierno de los 14 años pasados; pero, ahora prefiere interponer sucesivos recursos de Hábeas Corpus y permanecer en silencio internado en la cárcel. Otro cantor silencioso es el funcionario que hizo los negociados mas burdos y leoninos en lo que se llamó “reconstrucción” de la refinería de Esmeraldas. Esa obra paso a ser la piedra de toque para que ahora ese funcionario purgue condena en la cárcel; igual él ofreció cantar para desenmascarar los beneficiarios de los sobreprecios; pero hasta ahora sigue silencioso. Hace poco, un ecuatoriano involucrado en obscuros negociados que perjudicaron al país tuvo que pactar con la justicia norteamericana; dio fianza regateada por decenas de millones de dólares y se espera continúe el proceso, aunque el involucrado sigue silencioso. Por ultimo, en días pasados, otro exfuncionario ecuatoriano en el área del petróleo da fianza en Estados Unidos de 1 Millón de dólares para salir libre a defenderse por lavado de dinero en 18 millones de dólares; igual, creo, ofrece cantar; pero hasta ahora hay silencio. Estas son muestras de que el silencio es mas elocuente o productivo; exfuncionarios ecuatorianos prefieren purgar condenas o pactar con jugosas fianzas para defenderse; pero al erario nacional ya lo saquearon y endeudaron; y nosotros, los de a pie, vemos que el canto del silencio es mas productivo.
“Necesidad de asesorarle bien al presidente Lasso”
Iván Escobar Cisneros
Espero que las cartas que me he permitido enviarle, con anterioridad, hayan llegado a buenas manos, porque mi propósito no es otro que colaborar con la dura tarea que está a su cargo. Todos los expertos constitucionalistas interpretan la Carta Magna en el sentido de que las FF.AA pueden colaborar con la Policía Nacional, en el mantenimiento de la seguridad ciudadana “solo en estados de excepción”, criterio con el que discrepo por las siguientes razones: El Art. 158 de la Constitución señala en su inciso primero, que tanto las FF.AA como la Policía Nacional “son instituciones de protección de los ciudadanos”; esto es, ambas instituciones y no solo la una, como muchos abogados interpretan. El inciso segundo del mismo artículo, determina que la misión “fundamental” de FF.AA es defender la integridad territorial, pero no es la única como también se interpreta. En conclusión, si ambas instituciones son responsables de la seguridad ciudadana, es obvio que esta obligación va a poder cumplirla, adecuadamente, las FF.AA., solo saliendo a la calle y no encerrándose en los cuarteles. Con el perdón de los jurisconsultos, no es la primera vez que estoy en desacuerdo con ellos.