Antes de ingresar al país, los viajeros de Reino Unido, Sudáfrica, Australia y naciones de la UE deberán presentar la prueba negativa de covid-19. Foto: Lineida Castillo / EL COMERCIO
Desde este 21 de diciembre del 2020 en el Ecuador rige un nuevo estado de excepción que tendrá una duración de 30 días. Entre las medidas que tomó el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional están el toque de queda, restricción vehicular, reducción de aforos, entre otras.
En la nueva resolución del COE Nacional también se emitió un protocolo para los viajeros procedentes de Reino Unido, Sudáfrica, Australia y naciones de la Unión Europea, debido a la nueva cepa del coronavirus que fue detectada.
Así, señala un boletín de la Secretaría de Comunicación, los vuelos provenientes de cualquier ciudad del mundo están permitidos para aterrizar en los aeropuertos de Ecuador.
Sin embargo, los ciudadanos nacionales y extranjeros provenientes de esas naciones, a partir de las 00:00 del 22 de diciembre del 2020, deberán presentar lo siguientes requisitos para ingresar al país:
– Prueba RT-PCR negativa, con 10 días de anticipación a su viaje.
– Sin perjuicio de lo anterior, al ingreso al país, se realizarán la prueba de antígeno.
– De resultar positiva, el pasajero realizará aislamiento obligatorio, durante al menos diez días.
– En caso de viajeros residentes en Ecuador, el aislamiento lo realizarán en su residencia.
– En caso de viajeros no residentes en Ecuador, lo realizarán en los hoteles previamente acordados.
Otro punto del protocolo señala que si un viajero residente en Ecuador abordó con una prueba RT-PCR positiva, deberá realizar aislamiento obligatorio en la dirección que declaró a su ingreso, durante diez días.
Además, los viajeros que no residen en Ecuador y que abordaron con prueba RT-PCR positiva, deberán realizar el aislamiento obligatorio en uno de los hoteles autorizados, durante el mismo período.
Y en caso de que ingresen sin la prueba RT-PCR, se aplicará la prueba rápida de antígeno. De ser positiva deberán realizar el aislamiento obligatorio por 10 días y en caso de ser negativa deberán realizar el aislamiento obligatorio por 5 días.
En el punto 1 de la resolución del COE Nacional de este 21 de diciembre, se menciona que las nuevas medidas están “motivadas por el cambio de circunstancias en las que cursa la pandemia”, entre las que está “el reporte de una nueva variante en el virus SARS-COV-2, anunciado a la Organización Mundial de la Salud por parte de autoridades del Reino Unido”.
Y agrega que “esta variación representa el riesgo de un incremento en su capacidad de transmisión, sin modificar el periodo de contagio lo que conllevaría al incremento en la velocidad de transmisión en la población”.
Tras la detección de esta nueva variante, naciones como Perú, Colombia, Uruguay, Chile, Francia y Polonia informaron sobre nuevas medidas restrictivas de movilidad que impedirán que personas que provengan del Reino Unido ingresen en los países. Los Gobiernos han dictaminado cierre de fronteras y cancelación de vuelos.