TCE dispone la calificación de Abdalá Bucaram como candidato a la Asamblea Nacional por Fuerza Ecuador

El Pleno del TCE aceptó el recurso subjetivo presentado por Bucaram en contra de la resolución del CNE que inadmitió a trámite la inscripción de la lista de legisladores de la lista 10.  Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

El Pleno del TCE aceptó el recurso subjetivo presentado por Bucaram en contra de la resolución del CNE que inadmitió a trámite la inscripción de la lista de legisladores de la lista 10. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

El Pleno del TCE aceptó el recurso subjetivo presentado por Bucaram en contra de la resolución del CNE que inadmitió a trámite la inscripción de la lista de legisladores de la lista 10. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) allanó el camino para que el expresidente Abdalá Bucaram Ortiz pueda participar en las elecciones generales del 2021, como primer candidato a la Asamblea Nacional por el partido Fuerza Ecuador.

Este viernes 4 de diciembre del 2020 se difundió la sentencia, en la que el Pleno del TCE aceptó el recurso subjetivo presentado por Bucaram y Xavier Aguirre, director encargado del partido, en contra de la resolución del CNE que inadmitió a trámite la inscripción de la lista de legisladores de la lista 10.

En el fallo, se revoca la resolución del CNE, adoptada el 27 de octubre pasado y se dispone “la calificación de la lista de candidatos a asambleístas nacionales, propuesta por el partido Fuerza EC”.

En la argumentación de la sentencia, el TCE señala que “el Partido Político FUERZA EC, Lista 10, realizó el proceso de elección primaria de sus candidatos a asambleístas nacionales, en forma presencial, el 23 de agosto de 2020, a la cual asistió un delegado de la administración electoral, señor Ronald Isaac Bermúdez Peña, frente a quien, el Ab. Abdalá Bucaram Ortiz ha suscrito el acta de aceptación de la candidatura a primer asambleísta nacional, acta que si bien no contiene la firma del servidor electoral debido a su negativa, es evidente que lo hizo en presencia del delegado del CNE. Además, la segunda disposición transitoria del Reglamento para la Democracia Interna de las Organizaciones Políticas es aplicable para los casos en que se hubieran optado por realizar procesos de democracia interna en forma virtual”.

El 13 de octubre el CNE no admitió a trámite la inscripción de la lista de asambleístas de FE, argumentando que Bucaram no cumplió con la aceptación personal de su precandidatura, como lo establece la normativa electoral. La agrupación impugnó la decisión en el propio CNE, pero el ente ratificó la negativa, el 27 de octubre. Entonces, Bucaram apeló la resolución ante el Tribunal Contencioso Electoral.

Bucaram usa un brazalete electrónico y cumple arresto domiciliario, pues está investigado en tres procesos por supuesto tráfico de armas, tráfico de bienes patrimoniales y delincuencia organizada. Sin embargo, no ha perdido sus derechos políticos.

Luego de que se difundiera la sentencia del TCE, Bucaram, a través de Twitter, pidió que se disponga “su inmediata libertad por la inmunidad de su condición de candidato a asambleísta nacional”.

El artículo 108 del Código de la Democracia establece que las candidatas y candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar.

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