Imagen referencial. Una mujer fue sentenciada a cinco años de cárcel por la captación de dinero ilegal con ofrecimientos de invertir en criptomonedas. Foto: Portal Fiscalía
“La procesada engañaba a sus víctimas con ofrecimientos de altas retribuciones económicas a cambio de la compra de una criptomoneda o moneda electrónica denominada ‘One Coin’”. Ese fue uno de los argumentos que expuso el fiscal de Patrimonio Ciudadano, Santiago Guzmán en contra de Ivonne O., enjuiciada por el delito de captación ilegal de dinero en Quito.
Según informó la Fiscalía el 2 de febrero del 2021, la mujer pedía dinero a las víctimas a las que ofrecía rentabilidad por sus depósitos. Los afectados consignaban esos fondos en la cuenta de ahorros de la hija de Ivonne O., que en el año 2019, cuando ocurrieron los hechos, la menor tenía 8 años de edad.
“Luego de recibir el dinero, Ivonne O. les proporcionaba a sus víctimas un código con el que ingresaban a una página electrónica en la que, aparentemente, estaba su inversión. Sin embargo, al transcurrir el tiempo, las víctimas ya no podían acceder al portal digital, confirmándose el engaño del que fueron objeto”, detalla el Ministerio Público en un comunicado.
La forma en cómo operaba la mujer fue revelada durante la audiencia de juicio. En la diligencia judicial se conoció que tres personas le habrían entregado USD 10 000, para obtener los beneficios ofrecidos.
Para sustentar la acusación, el fiscal Guzmán presentó ante los magistrados los testimonios de las víctimas y registros documentales de las transferencias hechas a la procesada. Con base en esas pruebas, los jueces del Tribunal de Garantías Penales de Pichincha declararon culpable a Ivonne O. y la sentenciaron a cinco años de cárcel. La resolución fue dictada en primera instancia.
“La supuesta rentabilidad futura que generarían estas transacciones no tiene ningún respaldo, pues la legislación de Ecuador no autoriza la circulación de esta moneda alternativa“, sustentó el Fiscal ante el Tribunal Penal.
La mujer, además, deberá pagar una multa de 12 salarios básicos unificados (USD 4 800) y una reparación de USD 10 000 a cada una de las víctimas.
El delito de captación de dinero se sanciona en Ecuador, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP). El artículo 323 de ese cuerpo legal establece que “la persona que organice, desarrolle y promocione de forma pública o clandestina, actividades de intermediación financiera sin autorización legal, destinadas a captar ilegalmente dinero del público en forma habitual y masiva, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.
El artículo 323 también señala que “la persona que realice operaciones cambiarias o monetarias en forma habitual y masiva, sin autorización de
la autoridad competente, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.