Un policía custodia un cargamento de cocaína que fue incautado durante un operativo. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Era septiembre del 2015 y la Corte Nacional de Justicia (CNJ) aprobaba la acumulación de penas por drogas. Con esa resolución, si una persona es arrestada con 1 kilo de cocaína (clasificada penalmente como tráfico en alta escala) y 21 gramos de marihuana (mediana escala) se suman las penas de cada una y al final la sentencia puede ser de hasta 10 años.
Es decir, una persona hallada con dosis mínimas, pero con varios tipos de droga puede ser juzgada como narcotraficante.
Cuatro años después, en la Asamblea se analiza un paquete con 14 reformas al Código Integral Penal y uno de los cambios apunta a eliminar esa acumulación de sentencias.
Una de las razones para plantear esta iniciativa es que se aplique la proporcionalidad de la pena. “Es decir, la sanción no puede ser la misma para un microtraficante, que para un narcotraficante, que lleva por toneladas la droga. Ese es el principio que está consagrada en el Código Penal”, señala el vicepresidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea, Franklin Samaniego.
En el sistema penitenciario, la mayor población es precisamente la relacionada con drogas: 11 000 presos recluidos en 36 centros de rehabilitación que operan en el país.
De ese número, el mayor porcentaje de personas (36%) enfrenta procesos por tráfico de estupefacientes en alta escala. En el caso de pasta base de cocaína, este nivel es catalogado cuando una persona es descubierta con cantidades que van de 50 a 2 000 gramos.
En marihuana se consideran alta escala las dosis que van entre 300 y 10 000 gramos. Por mínima escala está recluido apenas el 6%.
En heroína, por ejemplo, se cataloga este nivel cuando un sospechoso es hallado con dosis que van entre 0 y 0,1 gramos.
Ahora se busca que los detenidos paguen por el alcaloide más grave que trafiquen. Marcela Aguiñaga, presidenta de la Comisión de Justicia, dice que las drogas más graves son la cocaína y la heroína, por el nivel de adicción que causan.
Pero además se tomará en cuenta el narcótico de mayor cantidad. “En la reforma se propone que la pena se imponga de acuerdo con la cantidad de alcaloides que transporte”, dice Elio Peña, miembro de la Comisión que trata el tema.
¿Cómo hacerlo? En el Código Penal (art. 220) se establecen escalas y sanciones para quienes trafiquen narcóticos.
Cuando la cantidad es mínima, la pena va de dos a seis meses de cárcel. Por mediana escala, los procesados van a la cárcel de uno a tres años. Por alta escala, la prisión es de tres a siete años y por gran escala hay una pena de 10 a 13 años.
Aguiñaga dice que la acumulación de penas “nunca formó parte del espíritu del Código Integral Penal”. También se asegura que la decisión de la Corte Nacional no fue ley, sino solamente una resolución.
En el 2015, cuando se dictó la resolución con la acumulación de penas, la Corte señaló que el documento tiene la misma validez que una ley, y que como tal fue enviada al Registro Oficial para su publicación.
Pero la acumulación también fue cuestionada en el Ministerio de Justicia. En octubre pasado, la entonces viceministra de Atención a Personas Privadas de la Libertad, Liliana Guzmán, señaló a este Diario que una de las razones para el hacinamiento en las cárceles es justamente la decisión adoptada por el alto tribunal.
Por eso pidió a la Corte Nacional que revisara la resolución aprobada el 2015; aseguró que no hubo respuesta.
Contrario a ello, la funcionaria de aquel entonces sostuvo que la sobrepoblación carcelaria genera, por ejemplo, enfrentamientos internos.