¿Por qué el caso Santiago Ávalos ahora se investiga como sicariato?

La Fiscalía cambió la calificación del caso Santiago Ávalos a sicariato y la jueza amplió la instrucción fiscal por 30 días.

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La Fiscalía reformuló de asesinato a sicariato los cargos contra cuatro procesados por la muerte de Santiago David Ávalos Páez, gerente financiero de una universidad privada de Quito. La diligencia ocurrió el lunes 26 de octubre de 2026 en el Complejo Judicial Norte, en la capital.

El cambio modifica la calificación jurídica de los hechos que investiga la Fiscalía. La información compartida no detalla qué elemento concreto llevó al fiscal Washington Enrique Rojas Fárez, de la Fiscalía de Personas y Garantías 2, a solicitar la reformulación ni qué indicios respaldan el nuevo cargo.

El caso Santiago Ávalos y la diferencia entre asesinato y sicariato

Según la información del caso, el COIP establece para el asesinato una pena de 26 a 30 años cuando concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 140.

Para el sicariato, el artículo 143 contempla la misma pena para quien mate a otra persona por precio, pago, recompensa, promesa remuneratoria u otro beneficio. La norma también incluye a quien encargue u ordene el delito.

Por eso, el cambio no significa por sí solo una pena mayor. La diferencia está en la calificación del hecho: la Fiscalía ahora investiga a los cuatro procesados por presunto sicariato. La reformulación tampoco constituye una declaración de culpabilidad.

Los procesados son María del Carmen S., Josselyn Lisbeth V., Juan Pablo G., y Juan Carlos G. La Fiscalía los señala como presuntos coautores.

El crimen en el caso Santiago Ávalos ocurrió en Miravalle

Ávalos murió la noche del 11 de junio de 2026, tras recibir varios disparos mientras conducía por la avenida Oswaldo Guayasamín, en el sector de Miravalle.

Según los reportes del caso, dos hombres en una motocicleta lo habrían seguido y uno habría disparado contra él. Después, Ávalos perdió el control del vehículo y chocó contra una estructura junto a la vía.

La autopsia determinó que sufrió lesiones por arma de fuego, una laceración cerebral, una fractura craneal y un traumatismo craneoencefálico.

La instrucción fiscal se amplió por 30 días

Luego de la reformulación, la jueza amplió por 30 días la instrucción fiscal, que corresponde a la fase de investigación pública, y ratificó las medidas cautelares.

María del Carmen S., y Josselyn Lisbeth V., continuarán en prisión preventiva. Juan Pablo G., y Juan Carlos G., mantendrán la prohibición de salir del país y la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad competente.

La investigación deberá continuar para esclarecer las circunstancias de la muerte de Ávalos y determinar las supuestas responsabilidades penales. La información disponible no precisa qué indicios sustentaron el paso de asesinato a sicariato.

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