En tres años, 156 procesados por 30-S fueron declarados inocentes

Los expolicías sentenciados por intento de magnicidio acudieron ayer a la Corte Nacional. Foto: Corte Nacional de Justicia

En medio de aplausos salió de la Corte Nacional de Justicia el expolicía Luis Guanotasig. Inmediatamente, él abrazó a sus familiares y comenzó llorar. Luego, levantó las manos y gritó: ¡Soy libre! 

Guanotasig junto con los exagentes de Policía Geovany Laso, Eduardo Mullo y Jesús Jetacama fueron declarados inocentes del delito de tentativa de magnicidio.  

En el 2014, ellos fueron sentenciados a 12 años de cárcel porque supuestamente intentaron matar al entonces presidente Rafael Correa, durante la revuelta policial del 30 de septiembre del 2010.  

Sin embargo, ayer (24 de noviembre del 2021) el Tribunal conformado por los jueces Byron Guillén, Walter Macías y Luis Rivera analizaron pruebas nuevas presentadas por los cuatros expolicías y los declararon inocentes por unanimidad. Esta decisión judicial se adoptó durante una audiencia de revisión que se instaló en las instalaciones de Corte Nacional, en el norte de Quito.  

Las cuatro personas solicitaron este recurso de revisión al alto Tribunal en junio del año pasado. La idea de este recurso legal fue que magistrados analicen posibles errores cometidos en la sentencia ejecutoriada por intento de magnicidio.  

Durante la diligencia de ayer, los magistrados indicaron que las nuevas pruebas presentadas, en el recurso de revisión, desvirtúan que los cuatro expolicías hayan intentado matar a Rafael Correa.   

El presidente de la Asociación Víctimas 30S, Óscar Ayerve, indicó que se presentó al Tribunal al menos 30 pruebas balísticas que demuestran la inocencia de las cuatro personas. “Las evidencias fueron contundentes”, dijo. 

Una de ellas fue una pericia balística. Esa experticia “determinó que los implicados no estaban armados ese 30 de septiembre del 2010, pues sus armas de dotación se encontraban en el rastrillo de la Policía”, indicó Ayerve. Él añadió que “no existió una planificación ni una organización para intentar asesinar al entonces Mandatario”. 

Según Ayerve, otro0 de los argumentos que se expuso ante el Tribunal fue que “varias fotografías, videos y pericias que presentó la Fiscalía para acusar a los cuatro expolicías habrían sido manipuladas”.  

El artículo 658 del Código Integral Penal establece que el recurso de revisión podrá proponerse después de ejecutoriada la sentencia condenatoria por tres causas. Una de ellas es que “la sentencia se haya dictado en virtud de documentos o testigos falsos o de informes periciales maliciosos o errados. La revisión solo podrá declararse en virtud de nuevas pruebas que demuestren el error de la sentencia impugnada”. 

La Asociación Víctimas 30S asegura que 156 personas, que fueron judicializadas por diferentes delitos relacionados con la revuelta policial del 30-S, han sido declarados inocentes desde el 2018 hasta este año. 

Guanotasig, Mullo, Laso y Jetacama permanecieron recluidos en la Cárcel 4 de Quito durante casi seis años. Finalmente, entre el 2018 y 2019 accedieron a la prelibertad. Ese beneficio penitenciario les permitió cumplir su condena en libertad, pero debían presentarse periódicamente en la Cárcel 4. 

Ahora, con la declaratoria de inocencia, todas las medidas cautelares en contra de los cuatro expolicías quedan sin efecto.  

Tras escuchar el fallo judicial, los cuatro exagentes se abrazaron. “Se hizo justicia, siempre buscamos nuestra inocencia y así es. 30S nunca más”, dijeron. 

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