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La causa penal abierta por el crimen del excandidato presidencial avanzó hacia la fase de juzgamiento tras la reinstalación de la audiencia preparatoria. Este jueves 5 de noviembre de 2026, la autoridad judicial determinó que siete personas enfrenten cargos ante un tribunal penal, marcando un hito procesal dentro del denominado caso Fernando Villavicencio por la planificación y ejecución del magnicidio.
La resolución se adoptó tras reinstalar la audiencia de evaluación y preparatoria.
La diligencia judicial se retomó a las 09:10 en los tribunales competentes para evaluar las pruebas presentadas por las partes procesales. Cerca de las 14:00, el magistrado emitió el auto de llamamiento a juicio tras acoger los elementos de convicción expuestos por la Fiscalía General del Estado.
El dictamen judicial resolvió que existen presunciones suficientes para abrir el juzgamiento formal dentro del caso Fernando Villavicencio, descartando pedidos de sobreseimiento para los procesados en el expediente denominado Caso Magnicidio FV.
Cuatro figuras públicas y tres cabecillas delictivos constan en la resolución.
El listado de personas llamadas a juicio por su presunta participación como autores mediatos está integrado por:
A este grupo se suman tres miembros identificados de la organización delictiva Los Lobos:
La imputación bajo autoría mediata apunta a la presunta intervención en el delito a través del control, orden o instigación de terceras personas que ejecutaron el ataque en el caso Fernando Villavicencio.
El magistrado suspendió el trámite procesal para tres de los imputados no localizados.
Dentro de las medidas cautelares, el juez ratificó la orden de prisión preventiva en contra de José Serrano, Ángel Aguilar y Luis Arboleda, quienes mantienen custodia judicial.
En contraste, la autoridad ordenó la suspensión de la etapa de juicio y declaró formalmente como prófugos de la justicia a Xavier Jordán, Ronny Aleaga y Wilmer Chavarría.
Esta suspensión procesal se mantendrá vigente de acuerdo con la ley hasta que se logre su localización y captura para que comparezcan al tribunal.
Los procesados enfrentan diferentes condiciones de reclusión y trámites de custodia.
El estado procesal y físico de los imputados presenta escenarios jurídicos diversos fuera y dentro del país. Respecto a Xavier Jordán, los registros indican que se encuentra en territorio estadounidense bajo custodia migratoria.
Por su parte, José Serrano permanece recluido en la cárcel del Encuentro tras su deportación desde Estados Unidos hacia el Ecuador. Entretanto, Daniel Salcedo fue recientemente extraditado a las autoridades norteamericanas, mientras se resuelven las notificaciones de su causa en el marco del caso Fernando Villavicencio.
El tribunal valorará los elementos de convicción para determinar responsabilidades penales.
La declaratoria judicial de llamamiento no constituye un fallo condenatorio contra los procesados. Esta fase habilita la instalación de la audiencia de juicio donde los jueces del tribunal valorarán las pruebas testimoniales, periciales y documentales recopiladas por los fiscales y los argumentos de descargo presentados por las respectivas defensas técnicas.
El objetivo de la diligencia final radicará en establecer o descartar la responsabilidad penal individual de los señalados en la muerte violenta del dirigente político.
❓ ¿Qué resolución se dictó durante el llamamiento a juicio en el caso Fernando Villavicencio?
El juez del caso llamó a juicio a siete personas señaladas por la Fiscalía como presuntos autores mediatos del magnicidio.
En la resolución correspondiente al llamamiento a juicio en el caso Fernando Villavicencio, la autoridad judicial acogió las acusaciones fiscales tras reinstalar la audiencia preparatoria este 5 de noviembre de 2026. La decisión formaliza el paso del expediente penal hacia los tribunales de juzgamiento en el denominado Caso Magnicidio FV. Los magistrados evaluarán las pruebas sobre la planificación del atentado contra el excandidato presidencial.
❓ ¿Quiénes integran la lista ante la identidad de los siete acusados por presunta autoría mediata?
La identidad de los siete acusados por presunta autoría mediata es: Xavier Jordán, José Serrano, Daniel Salcedo, Ronny Aleaga, Wilmer Chavarría (alias ‘Pipo’), Ángel Aguilar (alias ‘Lobo Menor’) y Luis Arboleda (alias ‘Gordo Luis’).
Con relación a la identidad de los siete acusados por presunta autoría mediata, el dictamen agrupa a exfuncionarios, figuras públicas y miembros de la organización delictiva Los Lobos. La figura de autoría mediata sostiene que los acusados habrían intervenido en el delito valiéndose de terceros para su ejecución material. Todos ellos deberán responder ante los jueces por su presunto grado de participación en el crimen.
❓ ¿Qué medidas se aplicaron en la prisión preventiva ratificada y declaratoria de prófugos?
Se ratificó la prisión preventiva para José Serrano, Ángel Aguilar y Luis Arboleda; y se declaró prófugos a Xavier Jordán, Ronny Aleaga y alias ‘Pipo’, suspendiendo su juicio.
Dentro de lo dispuesto sobre la prisión preventiva ratificada y declaratoria de prófugos, la ley ecuatoriana impide juzgar en ausencia a los procesados no localizados. Por ello, el trámite procesal quedó en suspenso para los tres imputados declarados prófugos hasta que sean capturados. Entretanto, quienes mantienen medida cautelar privativa de la libertad continuarán con su proceso ordinario hacia la siguiente fase judicial.
❓ ¿Dónde se encuentran los implicados según la situación judicial internacional de Jordán, Serrano y Salcedo?
Xavier Jordán está bajo custodia migratoria en EE. UU., José Serrano en la cárcel del Encuentro tras ser deportado, y Daniel Salcedo fue extraditado a EE. UU.
En la evaluación de la situación judicial internacional de Jordán, Serrano y Salcedo, cada procesado enfrenta realidades procesales y de reclusión distintas. Las autoridades ecuatorianas recibieron a Serrano tras su deportación formal para que cumpla prisión preventiva en territorio nacional. Por su parte, los traslados y trámites de extradición hacia el país norteamericano determinan los mecanismos de notificación y comparecencia de Salcedo y Jordán en esta causa penal.
❓ ¿Qué objetivo jurídico persiguen los alcances legales de la etapa de juzgamiento del magnicidio?
Convocar a la audiencia de juzgamiento para valorar pruebas y determinar si existe responsabilidad penal individual, pues el llamamiento no es sentencia.
Respecto a los alcances legales de la etapa de juzgamiento del magnicidio, la decisión del juez marca únicamente la transición hacia la presentación contradictoria de testimonios, peritajes e informes. El tribunal penal designado deberá analizar los argumentos tanto de la acusación fiscal como de los abogados defensores. La inocencia o culpabilidad definitiva de los siete señalados se resolverá de manera exclusiva en esa diligencia final.