Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal de Garantías Penales declaró la culpabilidad de Robinson Pedro S. por el femicidio de su conviviente. El hombre fue sentenciado a 26 años de pena privativa de libertad.
Además de una multa, el sentenciado deberá pagar USD 10 000 a los familiares de la víctima, como parte de la reparación integral.
La Fiscalía General del Estado inició una investigación luego de conocer –a través de un parte policial– sobre el hecho violento suscitado el 12 de febrero de 2022 en la parroquia Guano del cantón Tena, en la provincia de Napo.
La fiscal del caso, María Luisa Araujo, con la práctica de la prueba obtenida en la instrucción fiscal, comprobó que el femicidio ocurrió en el domicilio que la víctima (de 32 años) compartía con su conviviente y sus cinco hijo.
El Tribunal conoció que, en ese inmueble, el agresor golpeó a su conviviente hasta matarla. El hecho se produjo en presencia de sus hijos, quienes dieron la primera alerta a un familiar que vivía a varias cuadras del lugar.
Sin embargo, no pudo ingresar a verificar la condición de la mujer. Horas más tarde, el ya sentenciado intentó huir, pero su moto no encendió. Una vecina dio aviso a la Policía, que lo detuvo en el lugar.
Las evidencias del femicidio
Entre las principales pruebas presentadas constan el acta de levantamiento del cadáver y el informe de autopsia. Este determina que la causa de muerte fue traumatismo craneoencefálico y asfixia. Además, que el cuerpo presentaba gran cantidad de golpes.
Fueron determinantes los testimonios anticipados rendidos por los hijos de la víctima, quienes señalaron que su padre golpeó y estranguló a su madre. Además, se presentaron los testimonios de varios familiares, vecinos y amigos, que afirmaron que la mujer vivía en un círculo de violencia.
Según la Fiscalía, una pericia de audio video y afines practicada al teléfono celular de la mujer, descubrió una conversación con una amiga. En ella se evidencia que un mes antes de la muerte existió otra agresión, por la cual no presentó una denuncia.
Además, se informaron los resultados de las pericias de autopsia psicológica, de antropología intercultural y de contexto de género y violencia intrafamiliar. Estas corroboran el ambiente de violencia de la que era víctima.
La abuela de los niños se quedó a cargo de ellos. Los cinco, con edades entre los 5 y 12 años, fueron incluidos en el Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (Spavt).
El delito de femicidio está incluido en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y su sanción va entre los 22 y 26 años.
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