Asamblea aprobó Ley para que notarios tramiten disolución de uniones de hecho y sociedad conyugal

Los notarios podrán disolver las uniones de hecho y la sociedad conyugal, después de que la Asamblea Nacional aprobara las reformas a la Ley Notarial este 24 de noviembre del 2016. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

Los notarios podrán disolver las uniones de hecho y la sociedad conyugal, después de que la Asamblea Nacional aprobara las reformas a la Ley Notarial este 24 de noviembre del 2016. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

Los notarios podrán disolver las uniones de hecho y la sociedad conyugal, después de que la Asamblea Nacional aprobara las reformas a la Ley Notarial este 24 de noviembre del 2016. Foto: Archivo/ EL COMERCIO

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó la mañana de este jueves 24 de noviembre del 2016 las reformas a la Ley Notarial. Uno de los cambios más relevantes es la atribución que tendrán los notarios en temas como uniones de hecho o sociedad conyugal.

La normativa establece que los notarios podrán disolver uniones de hecho cuando hay mutuo consentimiento de las partes y cuando no existan hijos menores de edad. Actualmente ellos ya tramitan divorcios cuando se cumplen los mismos requisitos.

Durante el debate de la ley, Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia, explicó que además este procedimiento se realizará sin abogado y que el costo del trámite ante el notario será de acuerdo a la capacidad económica de los usuarios.

Este proyecto fue enviado por la asambleísta de Alianza País, María Soledad Vela, en marzo de este año. Allí también se incluyó otra competencia que es resolver o liquidar la sociedad conyugal o de la sociedad de bienes por mutuo acuerdo, es decir esta autoridad dividirá las propiedades que se acumularon durante la relación.

Este trámite, tanto la disolución de la unión de hecho y la liquidación de los bienes, podrán realizarse en un plazo de 10 días contados a partir del momento que se presenta la solicitud.

La Ley entrará en vigencia luego de que sea publicada en el Registro Oficial.

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