Que en nombre de la libertad se enfrente a una ley de medios no quiere decir que el ciudadano, que no pertenece a un medio, quede desamparado.
En nombre de la libertad de prensa hemos expuesto al escarnio a muchas personas inocentes. Los medios debemos admitirlo.
Lo digo a propósito de mi artículo del 1 de octubre en el que expuse transgresiones de la prensa contra el derecho de personas comunes, y también de entidades contra el oficio periodístico.
Vuelvo sobre el proyecto de ley pues esa mañana leí en Diario HOY una entrevista al periodista español Miguel Ángel Bastenier, ex subdirector de diario El País, en la que el maestro sugería formar una oposición cívica a la ley de medios, y porque una amiga, luego de leer mi columna, me preguntó cuál de las tres propuestas se debe aprobar.
¡Ninguna! Le respondí. Mi reflexión apunta a una legislación independiente de todo gobierno, que regule el oficio en función de los derechos ciudadanos, porque en nombre de la libertad hemos expuesto a inocentes al escarnio. Hay que admitirlo.
Me refiero a una regulación –la autorregulación en Ecuador tiene deudas– como la que Bastenier propone. He aquí ejemplos del Manual de Estilo de El País:
Artículo 1.4. El diario no publica informaciones sobre la competición boxística, salvo las que den cuenta de accidentes sufridos por los púgiles o reflejen el sórdido mundo de esta actividad. La línea editorial del periódico es contraria al fomento del boxeo y por ello renuncia a recoger noticias que puedan contribuir a su difusión.
Artículo 1.6. El periodista deberá ser especialmente prudente con las informaciones relativas a suicidios. En primer lugar, porque no siempre la apariencia coincide con la realidad, y también porque la psicología ha comprobado que estas noticias incitan a quitarse la vida a personas propensas al suicidio.
Artículo 1.9. El derecho a la información es sobre todo del lector, no del periodista. Si se encuentran trabas, se superan; si estas añaden información, se cuentan; si no es así, se aguantan. Las columnas no están para que el redactor desahogue sus humores, por justificados que sean.
Artículo 1.12. El periodista transmite a los lectores noticias comprobadas y se abstiene de incluir sus opiniones personales. Cuando un hecho no ha sido verificado suficientemente el redactor evitará expresiones como ‘al parecer’, ‘podría’, ‘no se descarta’ o similares.
Artículo 1.15. La atribución de la noticia a la fuente no exime al periodista de la responsabilidad de haberla escrito.
Cinco motivos que se suman a 574 razones más, en 429 páginas que todo redactor de El País debe dominar. Razones que ante el ciudadano garantizan la convicción de Bastenier en torno a su propuesta de resistencia.
La pregunta es: ¿tenemos esa misma convicción para armar una resistencia que nos libere de responsabilidades posteriores?
Tomado de Diario El Universo