En Quito regirá la medida del Hoy no circula durante la última semana de julio del 2021. La restricción determina qué automotores están prohibidos de movilizarse en la capital dos dÃas a la semana, desde las 07:00. hasta las 19:00. Luego de ese horario, el paso se libera en la ciudad.
Según el cronograma que ha expuesto la SecretarÃa de Movilidad, los vehÃculos particulares no podrán circular de la siguiente forma:
Lunes 26 de julio del 2021: No se movilizan los vehÃculos terminados en placas 0, 1, 2 y 3.
Martes 27 de julio: No deben circular los automotores con último dÃgito de placa  2, 3, 4 y 5.
Miércoles 28 de julio: Tienen restricción las placas finalizadas en 4, 5, 6 y 7.
Jueves 29 de julio: Están prohibidos para circular las placas que terminan en 6, 7, 8 y 9.
Viernes 30 de julio: No pueden transitar los vehÃculos con placas que finalizan en 0, 1, 8 y 9.
Último dÃgito de la placa del vehÃculo al que aplica la restricción | Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado, domingo y feriados |
0 | No circula | Circula | Circula | Circula | No circula | Circula |
1 | No circula | Circula | Circula | Circula | No circula | Circula |
2 | No circula | No circula | Circula | Circula | Circula | Circula |
3 | No circula | No circula | Circula | Circula | Circula | Circula |
4 | Circula | No circula | No circula | Circula | Circula | Circula |
5 | Circula | No circula | No circula | Circula | Circula | Circula |
6 | Circula | Circula | No circula | No circula | Circula | Circula |
7 | Circula | Circula | No circula | No circula | Circula | Circula |
8 | Circula | Circula | Circula | No circula | No circula | Circula |
9 | Circula | Circula | Circula | No circula | No circula | Circula |
Las personas que infrinjan el Hoy no circula serán multadas
La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informa en sus redes sociales que los conductores que irrespeten la restricción serán multados el 50% de un Salario Básico Unificado, es decir USD 200. Además, el vehÃculo será retirado y llevado al patio de retención.
Excepciones
La medida restrictiva tiene excepciones y permite que las personas circulen solo cuando pertenezcan a los sectores estratégicos, delivery, asà como a los que tienen asignado el turno para la vacunación o revisión vehicular. Además, podrán movilizarse en los siguientes casos:
- Oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República.
- Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno.
- Transporte de personas con discapacidades.
- VehÃculos conducidos por personas de la tercera edad.
- VehÃculos de emergencias: ambulancias públicas o privadas, motobombas y/o rescate del Cuerpo de Bomberos y automotores de la PolicÃa Nacional en cumplimiento de su misión especÃfica y vehÃculos de rescate o asistencia social.
- VehÃculos de transporte colectivo de personas: público (buses urbanos e interparroquial, Sistema Metrobús Q); comercial (escolar, institucional, turÃstico); y, por cuenta propia (iniciativa empresarial); legalmente registrados.
- Automotores de transporte comercial rural.
- VehÃculos hÃbridos.