El hurto de tapas de alcantarillas en Quito es una problemática que no ha podido solucionarse y que, a diario, le trae dificultades en el funcionamiento del sistema de alcantarillado.
Cuando una persona sustrae la tapa de un sumidero, en él ingresan, junto con el agua, basura y escombros que provocan inundaciones en las calles.
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El perjuicio económico para la capital es alto: cada tapa de alcantarilla sustraída le cuesta al Municipio 300 dólares.
Con el fin de evitar robos y reducir los costos de intervención, la entidad metropolitana optó por instalar tapas de alcantarillas de plástico reciclado.
Estas nuevas rejillas se suman a las existentes fabricadas con hierro dúctil, que no pueden ser fundidas.
La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (Epmaps) informó este miércoles 15 de mayo, que, en lo que va de 2024, en Quito se sustrajeron alrededor de 1 000 tapas de alcantarillas, más de siete por día.
El 75% de las rejillas fueron hurtadas en la urbe, mientras que el otro 25% en parroquias rurales.
En estos cuatro meses y medio, la Epmaps repuso 804 rejillas, con una inversión que supera los 230 000 dólares.
Tres procesados por sustraerse tapas de alcantarillas
Tres personas fueron procesadas por el hurto de rejillas de sumideros en Quito.
Dos de los ciudadanos sentenciados ofrecieron disculpas públicas el 8 de mayo; el tercer involucrado no respetó la disposición judicial.
Los ciudadanos deberán pagar una compensación de 300 dólares cada uno, por daño a los bienes públicos de la ciudad.
“Este es un llamado de atención a los malos ciudadanos, que sepan que estos delitos se pueden tratar en el ámbito legal y son sancionados”, señaló Hugo Padilla, jefe de Procesos Judiciales de Agua de Quito.
El robo de tapas de alcantarillas dificulta el adecuado funcionamiento del sistema de alcantarillado.
Cuando una persona sustrae la tapa de un sumidero, en él ingresan, junto con el agua, basura y escombros que provocan inundaciones en las calles.
El delito de hurto de bienes públicos se castiga con una prisión de seis meses a dos años, de acuerdo con el artículo 196 del Código Orgánico Integral Penal.