Hasta las Administraciones Zonales llegan dueños de predios para pagar el impuesto predial. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El 31 de diciembre vence el plazo para que las personas que posean una o más propiedades en Quito paguen el impuesto predial correspondiente al 2019.
Según lo dispone el artículo 512 del Código Orgánico de Organización territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), los pagos que se realicen a partir del 1 de julio de cada año tendrán un recargo del 10% del valor del impuesto a ser cancelado.
Las personas que no han cumplido con pago del predial hasta el último día del 2019 deberán cancelar recargos e intereses de mora por la vía coactiva.
A inicios de año, el Municipio de Quito dispuso descuentos para el pago del impuesto predial urbano en la capital. Las personas que cancelaron el valor desde el 1 de enero hasta el 30 de junio gozaron de una reducción del 10% hasta el 1%.
En el caso del predio rural, hasta 15 agosto hubo una rebaja del 5%. Sin embargo, no se aplicará recargos en los valores del predial de esas propiedades a quienes cancelen hasta fin de año.
El Municipio de Quito permite que los ciudadanos cancelen el impuesto predial en distintas instituciones financieras en la ciudad. Las personas deben llevar el número del predio o la planilla del cálculo de esa contribución para efectuar el pago.
En este 2019, el Municipio habilitó distintas formas para que la ciudadanía consulte el valor del impuesto predial en la página web de la Alcaldía. También lo puede hacer a través de una aplicación, o con un mensaje SMS al 6367, enviando la palabra PREDIO seguido del número de la propiedad.
El Concejo Metropolitano de Quito debe aprobar la ordenanza que fijará el plano de valor de la tierra hasta el 31 de diciembre, según dijo el concejal René Bedón.
El pasado 12 de diciembre, el Concejo aprobó la Ordenanza
alternativa que reforma la valoración inmobiliaria y las normas para el pago de impuestos en Quito.
La normativa local incluye cambios en los factores considerados para establecer el valor de una propiedad, entre los que se encuentran la titularidad del lote, la accesibilidad, la etapa de construcción de un edificio, el número de pisos, el estado del inmueble, el mantenimiento, índices de reformas, el suelo potencial no utilizado y el grado de protección de bienes patrimoniales.
De esa Ordenanza y otras normativas dependerá el avalúo y luego el cálculo del impuesto predial y varios valores que constan en la cartilla municipal.