El Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha dejó sin efecto la remoción de Jorge Yunda al rechazar la apelación a la acción de protección otorgada a su favor por la jueza María Belén Domínguez, el pasado 28 de junio.
El pronunciamiento de la Corte se dio a conocer la tarde de este viernes, 30 de julio del 2021, a través de una sentencia de 34 páginas.
Estos son siete puntos importantes que analizó el Tribunal de la Corte, conformado por Cenia Solanda Vera, Guadalupe Narváez Villamarín y Raúl Mariño Hernández para emitir su decisión final.
- El Tribunal aceptó la acción de protección por haber encontrado una vulneración de los derechos constitucionales que fueron denunciados por Yunda.
- En la sentencia se indicó que existen -al menos- cinco garantías elementales del derecho a la defensa de Yunda que fueron “inobservadas” en este procedimiento judicial, entre las que se destacó el no haber sido juzgado por una autoridad “imparcial e independiente”.
- Para el Tribunal, la acción constitucional de protección presentada por Yunda se tramitó “respetando el debido proceso, así como las demás garantía constitucionales y legales”.
- De acuerdo a esta sentencia hay una violación a los derechos constitucionales de Yunda porque no se tramitó la solicitud de recusación en contra de Guarderas como miembro de la Comisión de Mesa que tramitó el informe de su remoción.
- Según el Tribunal, Santiago Guarderas tenía interés personal en el proceso de remoción y fue “juez y parte”. Al ser miembro y presidir la Comisión de Mesa incurrió “en la violación del principio y garantía constitucional inherente a la imparcialidad”.
- En el análisis se resaltó que Guarderas también dio a conocer su interés “parcializado” en el proceso de remoción, al dar declaraciones públicas en las que solicitó la renuncia de Yunda.
- El Tribunal destaca que los integrantes de la Comisión de Mesa –entre los que estuvo Guarderas- no debieron impedir el derecho a la defensa de Yunda “quien representa la voluntad del electorado”.