La patente es el impuesto que todas las personas que tienen una actividad económica en Quito deben cancelar, sin excepción. Pero es también el que más mora tiene por desconocimiento.
Según Mauricio Rodríguez, jefe de rentas del Municipio de Quito, hay 433 675 personas que están registradas en el Municipio y cuentan con el Registro de Actividades Económicas Tributarias, CAET, mejor conocido como patente. Pero, además, hay al menos unas 120 000 personas que tienen algún tipo de actividad económica, pero no están registradas. Estas, por lo tanto, evaden el pago de la patente.
Mauricio Rodríguez es jefe de rentas del Distrito Metropolitano. Henry Reyes labora como director Metropolitano de Servicios Ciudadanos. Ellos respondieron las dudas sobre este impuesto y cuentan todo lo que debe saber para ponerse al día en sus contribuciones.
¿Quién debe cancelar la patente?
Las personas creen que la patente es un impuesto que deben pagar solo quienes tienen un negocio físico como una tienda, un restaurante o cualquier local, pero no es así. Toda persona que tenga actividad económica, incluso como servicios prestados, debe cancelar el tributo. Por ejemplo, doctores, abogados, periodistas y toda profesión que sin relación de dependencia reciba una paga por un producto o servicio.
Si tengo RUC, ¿debo pagar este impuesto municipal?
Así es. Para que una persona pueda realizar una actividad económica, como abrir un negocio o presentar una factura por servicios prestados debe acercarse al Servicio de Rentas Internas a sacar su RUC. Una vez que obtiene el RUC, es su obligación registrar la actividad en el Municipio para pagar la patente.
¿Por qué antes los profesionales que trabajan sin relación de dependencia no debían pagar patente?
Porque la Ley así lo establecía, pero desde el 2011 el Cootad cambió y desde entonces toda actividad económica debe pagar ese rubro, incluidos quienes ofrecen servicios prestados, así no tengan local físico. El Registro de Actividades Económicas Tributarias es obligatorio.
¿Qué tipo de actividades económicas deben pagar?
Todas. Hay registradas cerca de 5 100 actividades económicas, y para pagar la patente deben encasillarse en una de ellas.
¿Todos los contribuyentes deben pagar lo mismo?
No. Hay una clasificación. Por un lado están las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Ellas pagan dependiendo del patrimonio. Por el otro están las personas naturales que sí deben llevar contabilidad, empresarios y personerías jurídicas. Lo que ellos deben pagar depende de la contabilidad en función del Impuesto a la Renta. Mientras más ingresos, más alto el valor a pagar.
¿Si, por ejemplo, es un doctor que trabaja independientemente?
Si no está obligado a llevar contabilidad, por ejemplo, y tiene un patrimonio de USD 6 000, deberá pagar USD 60. Pero, si tiene una clínica y es un ente jurídico, el pago dependerá del movimiento comercial que tenga.
¿Cómo puedo calcular cuánto debo pagar como persona natural?
La base del cálculo es el patrimonio con el que cuenta, y la tabla está establecida mediante Ordenanza. Por ejemplo, un negocio como una tienda, maneja en promedio un patrimonio de USD 2 000. De ese valor, debe cancelar el 1% de impuesto, es decir USD 20.
¿Hay excepciones?
Sí, los artesanos calificados, mientras que los adultos mayores cancelan solo el 50%.
¿Sacar la patente tiene algún costo?
Obtener el registro no tiene costo, pero se genera la obligación tributaria al ejercer la actividad durante seis meses o más. De modo que si por ejemplo, abro un negocio y me va mal y lo cierro a los tres meses no debo cancelar nada.
¿El Municipio de Quito me informa cuanto y cuánto debo pagar?
No. La patente es un impuesto declarativo, es decir, es el ciudadano el que cada año debe indicar si sigue con la actividad y cancelar el valor correspondiente.
¿Qué pasa si por desconocimiento, por ejemplo, una persona no se registra y no cancela?
El Municipio de Quito cruza datos con el Servicio de Rentas Internas, hace los análisis respectivos y si encuentra que hay personas que tienen RUC pero no han sacado patente, la dirección tributaria notifica el incumplimiento y la persona debe pagar los valores con recargos e intereses.
¿De cuánto estamos hablando?
Depende. Por ejemplo, las personas naturales deben declarar en mayo. si no lo hacen, a partir de ese mes se empieza a cobrar el recargo del 10% del valor de la patente, si pasa al siguiente año empiezan a correr intereses, es decir el 3% del valor de la patente mensual. Eso indicaría que en tres años se habrá duplicado el valor de la obligación.
¿Qué pasa si, pese a la notificación, no pago?
Una vez notificado el incumplimiento, se tiene 10 días para regularizar la contribución, caso contrario, la Dirección Tributaria emite las obligaciones y se comunica con la dirección de coactivas. Ejerce su facultad para recuperar la deuda a través de medidas cautelares que buscan presionar al contribuyente para que pague. Por ejemplo, prohibición de enajenar bienes, embargo de bienes, retención de fondos.
¿Cómo me puedo registrar?
Es un trámite presencial. Debe acudir a cualquiera de las ventanillas del balcón de servicios, presentar el acuerdo de uso, solicitud de registro y carta de servicios básicos. La persona recibe su contraseña y debe hacer las declaraciones de manera virtual.
¿Estas deudas caducan?
Las obligaciones tributarias prescriben a los 7 años, por lo tanto, al momento se exige el pago hasta el 2016. Pero la prescripción es a petición del contribuyente, a menos de que se declare de oficio de forma masiva, como se lo hizo en el 2022.
¿Cuántas personas están incumpliendo con el pago de la patente y cuánto deben?
Se calcula que cerca de 120 000 personas. No se sabe con exactitud cuanto deben en total porque depende de su patrimonio (en el caso de las naturales) o de sus ingresos en el caso de las otras. La que menos debe es USD 10, y la que más puede llegar a los USD 25 000.
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