¿Quiénes pueden circular en vehículo en Quito sin salvoconducto del Municipio?

Policías, agentes de tránsito y militares realizan los controles de salvoconductos en Ecuador para permitir la movilización de vehículos, por la emergencia sanitaria del covid-19. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO

Policías, agentes de tránsito y militares realizan los controles de salvoconductos en Ecuador para permitir la movilización de vehículos, por la emergencia sanitaria del covid-19. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO

Desde este lunes, 23 de noviembre del 2020, solo pueden circular los vehículos que cuenten el salvoconducto emitido por el Municipio de Quito. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Los salvoconductos emitidos por el Municipio de Quito rigen en el Distrito desde este lunes, 23 de noviembre del 2020, luego de que los permisos otorgados por el Gobierno perdieran validez este domingo 23.

Fue el pasado 24 de septiembre cuando la entrega de los documentos, que habilitan al conductor de un vehículo a recorrer las calles de la ciudad sin tomar en cuenta las medidas del sistema 'Hoy Circula', es decir, sin importar el último número de su placa, quedó a cargo de la Alcaldía.

¿Quiénes no necesitan salvoconducto para circular en la capital?

El artículo 11 de la resolución N° SM-2020-72, suscrita por la Secretaría de Movilidad de la capital, establece 22 excepciones para la restricción. Posteriormente se suscribió una reforma a la normativa (resolución N° SM-2020-120) que incluye cambios para el "transporte comercial".

Autoridades gubernamentales

-Presidente y Vicepresidente de la República.

-Prefecto y prefecta.

-Alcaldes y Concejales de todo el territorio nacional.

-Ministros, Ministras y Secretarios de Estado.

-Miembros de Cuerpo Diplomático, Consular; Organismos Internacionales. incluyendo personal local contratado (presentarán credencial institucional).

-Autoridades de GAD parroquiales.

Servidores de la Salud Pública y Privada

-Licenciados en laboratorio y tecnólogos en laboratorio clínico y flebotomistas
-Personal de apoyo y cuidadores de adultos mayores siempre y cuando sea personal de salud.

-Veterinarios.

-Todo personal que pertenezca al sector de salud, en todas sus ramas y dependencias. Podrán acreditar también su calidad, con la sola presentación de la cédula en la cual se puntualice dicha profesión.

Funcionarios de Seguridad

-Miembros activos de la Policía Nacional.

-Miembros activos de las Fuerzas Armadas.

-Agentes Civiles de Tránsito y Agentes de Control Metropolitano.
-Agentes de Control Penitenciario.

-Personal de actividad de control del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias.

-Personal del Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
-Sistema Integrado Seguridad ECU911 y Cuerpo de Bomberos.

-Funcionarios de los entes de Control Municipal, así como de Gobierno Central.

Personal de Vigilancia y Seguridad Privada

-Funcionarios operativos de compañías de seguridad privada o guardianía que cuenten con el permiso de operación emitido por la entidad pertinente.

Funcionarios públicos y personal privado que realicen actividades técnicooperativas de sectores estratégicos

-Electricidad.

-Agua potable y/o saneamiento.

-Biodesechos, desechos infecciosos hospitalarios, recolección de basura
-Minería.

-Servicio postal y Aviación.

-Mantenimiento vial. 

-Telecomunicaciones.

-Tecnología de la Información.

-Agricultura, Agro-pecuario, pesquero y acuícola.

-Agencias de regulación y control.

Servidores de la Función Judicial, Corte Constitucional, Contraloría General del Estado

-Jueces y Juezas jurisdiccionales y constitucionales. 

-Secretarios y secretarias.

-Fiscales.

-Secretarios y secretarias de fiscales.

-Defensores y defensoras públicos.

-Notarios y notarias.

-Árbitros.

-Vocales del Consejo de la Judicatura.

-Personal operativo de control de la Contraloría General del Estado
-Funcionarios Judiciales y vehículos institucionales.

Servicios de Courier

-Trabajadores, conductores y personal con relación de dependencia.

Profesionales

-Abogados y abogadas.

-Periodistas de medios de comunicación social de radio, televisión, escritos y digitales.

Servicio de delivery
 
-Personal que labora en empresas de delivery.

-Repartidores que acrediten ser parte de un servicio de delivery mediante aplicaciones activas de dichas plataformas al momento del control respectivo.

Ministerio de Inclusión económica y Social (MIES, Ayuda Humanitaria y Ministerio de Educación

-Servidores, trabajadores, voluntarios (acreditados por el MIES) y conductores del MIES a cargo de brindar servicio en Centros de Atención Residencial; (exclusivamente para la realización de actividades directamente relacionadas con ayuda humanitaria)

-Funcionarios, servidores del MIES, encargados de entrega de ayuda humanitaria, tales como: víveres, insumos de limpieza, desinfección, productos de protección personal y mobiliario donado para atender a la población que forma parte de grupos de atención prioritaria

-Funcionarios y servidores del Ministerio de Educación encargados de la distribución de alimentación escolar y de asistencia a estudiantes en su hogar que cuente con la respectiva certificación de la institución educativa a la que pertenecen.

Personas con Discapacidad, adultos mayores y personas con enfermedades catastróficas

-Las personas con discapacidad deben presentar su carné de la Conadis o del Ministerio de Salud Pública.

-Adultos mayores presentarán su cédula.

-Personas con Enfermedades catastróficas o raras, que tengan un certificado médico o del centro donde realicen su tratamiento.

Servidores del Consejo Nacional Electoral Tribunal Contencioso Electoral


-Vocales del Consejo Nacional Electoral.

-Jueces del Tribunal Contencioso Electoral.

-Funcionarios o servidores que pertenezcan al Consejo Nacional Electoral.

Servidores del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos

-Funcionarios operativos que se encuentren ejecutando procesos de censo demográfico, (acreditarán con el respectivo certificado emitido por el INEC).

Emergencia, Seguridad pública, privada y Asistencia Social

-Vehículos institucionales de Policía Nacional.

-Vehículos institucionales de Fuerzas Armadas.

-Vehículos operativos de Salud, destinados a la atención de la emergencia

-Vehículos institucionales destinados a Control penitenciario

-Vehículos institucionales del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias

-Vehículos institucionales del Sistema Integrado de Seguridad ECU 911

-Cuerpo de Bomberos

-COE Nacional, Provincial, Cantonal o Metropolitano.

Transporte público

-Convencional.

-Cantonal.  

-Urbano.

-Combinado Rural del sistema MetroBus-Q que cuente con los documentos habilitantes.

-Intraprovincial.

-Interprovincial.

-Personal que labora en la institución que presta dicho servicio, deberán presentar su credencial institucional.

Transporte comercial

-Taxis.

-Servicio de transporte escolar e institucional.

-Carga liviana.

-Carga pesada(en los horarios permitidos).
-Mixto.

-Turismo, que contemplen registro Municipal y Permiso de Operación.

-Transporte internacional de pasajeros y mercancías.

-Por cuenta propia. Si se dedica al transporte comercial y no pertenece a las excepciones anteriores, debe acreditar su relación comercial a través de la presentación del certificado de RUC, en el que, refleje dicha relación comercial.

Renta

-Unidades que sean de propiedad de las compañías de renta de vehículos debidamente autorizadas por la ANT (deberán presentar la autorización de funcionamiento).

Servicios

-Privados para la provisión de servicios básicos, salud y seguridad;  Que pertenecen a sectores estratégicos.

-Transporte de muestras de laboratorio.

-Toma de muestra en casa.

-Donación de trasplante de órganos, tejidos y células.

-Servicios exequiales y personal que labora en los mismos.

-Personal que labora en las instituciones financieras y Transporte de valores.

-Transporte de hidrocarburos (gas, gas natural, combustibles y petróleo) distribución GLP.

Personas con Discapacidad

-Vehículos con placa para personas con discapacidad y vehículos eléctricos.


Si necesita un salvoconducto, ¿cómo acceder al documento?

Debe acceder a la plataforma en la página web del Municipio: www.quito.gob.ec. En la sección principal de anuncios aparece la opción de salvoconductos.

Para tramitarlo es necesario crear un usuario y una contraseña. Una vez cumplido ese paso, en la página de servicios ciudadanos se accede a la opción Salvoconductos.

Después debe acceder a la opción Actividades Económicas. Se ingresa el número del RUC y establecimiento en el sistema. Luego es un requisito llenar el formulario para después aceptar una autorización y declaración. Como siguiente paso, un enlace para la Revisión y Aprobación del salvoconducto llegará al correo electrónico. Al ingresar al enlace se desplegará una ventana para ingresar los datos del vehículo.

Finalmente habrá una opción para imprimir el documento. La versión digital del permiso será remitida al correo electrónico.

¿Cuánto tiempo toma sacar un permiso, por ejemplo, para una cita médica?

Obtener un salvoconducto para acudir a una cita médica, toma aproximadamente cinco minutos.

Ojo con las multas

Según la Resolución 060, la multa por contravenir el 'Hoy Circula' es el 50% de un Salario Básico Unificado; es decir USD 200. A la multa se suma el retiro y retención del vehículo. Pasados los cinco días que dura la retención del auto, puede liberar el vehículo presentando los siguientes requisitos: demostrar la propiedad del vehículo, cédula de identidad, matrícula o contrato de compra y venta y cancelar el valor del servicio particular de la grúa y de la multa.

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