El calendario electoral para las votaciones de 2025 está corriendo. En este consta la selección de los integrantes de las juntas receptoras del voto, para el 12 de noviembre de 2024.
Las personas seleccionadas recibirán la notificación del 18 de noviembre de 2024 al 25 de enero de 2025. Las capacitaciones, en cambio, serán del 2 de diciembre al 9 de febrero.
En la consulta popular 2024, el Consejo Nacional Electoral (CNE) detalló 41 252 juntas receptoras del voto, a escala nacional y en el exterior.
¿Quiénes son los candidatos?
Las personas que están entre las candidatas para ser parte de las juntas receptoras del voto son parte de algunos ámbitos.
- Estudiantes legalmente matriculados en las instituciones del sistema de educación superior
- Empleados privados con título profesional
- Servidores públicos con título profesional
- Empleados privados bachilleres
- Servidores públicos bachilleres
- Estudiantes de bachillerato mayores de 18 años de colegios urbanos y rurales
- Ciudadanos residentes en zonas rurales que hayan concluido la instrucción general básica, parte de organizaciones comunitarias de hecho y de derecho
- Integrantes de comités pro mejoras y juntas de agua legalmente constituidas y otras organizaciones que determine el Consejo Nacional Electoral
- Ciudadanas y ciudadanos del registro electoral de la respectiva jurisdicción.
Los requisitos
Para ser integrante de una junta receptora del voto para las elecciones 2025 y el resto de procesos electorales, se debe cumplir con varios lineamientos.
- Ser ecuatoriano
- Tener entre 18) y 60 años
- Haber concluido la instrucción general básica
- Estar en goce de los derechos políticos o de participación
- Constar en el registro electoral y estar domiciliado en la zona electoral a la que pertenece la junta receptora del voto
Los impedimentos
Hay varios puntos que no facultan a una persona a ser parte de las juntas receptoras del voto.
- Dignatarios de elección popular en ejercicio de sus funciones
- Militares y policías en servicio activo
- Ciudadanos que laboran en calidad de conserjes en los establecimientos educativos seleccionados como recintos electorales
- Candidatos a dignidades de elección popular
- Servidores de la Función Electoral, excepto cuando así lo disponga la máxima autoridad
¿Quiénes se libran?
El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió que los ciudadanos que actuaron como vocales principales de las juntas receptoras del voto en los tres últimos procesos electorales no serán considerados para una cuarta ocasión.
Eso sí, salvo en el caso de las zonas electorales donde no se complete el número de ciudadanos necesario para integrarlas.
Las multas
La normativa electoral define que quien no integre las juntas receptoras del voto, estando obligado, tendrá que pagar el equivalente al 15% de una remuneración mensual básica unificada.