La Senadi asumió nuevas competencias contra la piratería

En la sede de la Senadi, en Quito, se pueden denunciar vulneraciones a derechos de propiedad intelectual. Foto: EL COMERCIO

El campeonato ecuatoriano de fútbol está en su fase decisiva en Ecuador. Desde mediados de noviembre, la transmisión de partidos a través de plataformas no autorizadas por Internet tiene mayores controles.
La razón: el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (Senadi) suspendió y bloqueó cinco direcciones IP (Internet Protocol), que son una suerte de puerta de entrada a dos aplicaciones que retransmitían contenido sin autorización.
La entidad, que forma parte de la Función Ejecutiva, dictó medidas cautelares para que los proveedores de Internet impidan el acceso a esas direcciones. En agosto pasado ya se efectuó un primer bloqueo de las plataformas Mega Play y Like TV, pero los aplicativos modificaron las direcciones y esquivaron la medida. En respuesta, la Senadi emitió nuevas medidas cautelares, atendiendo la solicitud de los dueños de los derechos.
Esta decisión marcó un precedente en el país, pues se trata de los primeros casos de control de presunta piratería por Internet. Además, la medida trajo a debate las potestades que le otorgó al Senadi el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos (Código Ingenios), aprobado en la última fase del anterior Gobierno.
Este organismo tiene la facultad de llevar a cabo procedimientos para determinar infracciones en materia de derechos intelectuales.
Santiago Cevallos, director de Senadi, sostuvo que hasta el momento se han bloqueado alrededor de 15 direcciones IP.
“Para determinar una infracción, todo el procedimiento, la sustanciación, toma de medidas, hasta llegar a la resolución son competencia del Senadi”, explicó.
A pesar de que la entidad actúa amparada en la Ley, activistas cuestionan la adopción de medidas cautelares para bajar contenidos digitales.
Sobre todo, porque si bien se trata de una entidad del Ejecutivo puede,
amparada en el Código Ingenios, dictar medidas cautelares, algo que es una atribución de la Función Judicial.
David Ochoa, secretario de la Asociación de Software Libre del Ecuador, recordó que cuando se debatía el Código Ingenios en la Asamblea Nacional se advirtió que en otros países solo los jueces pueden dar de baja una página web o bloquearla.
Entonces, se presentaron ejemplos de casos en Venezuela en los que el régimen limitó páginas críticas.
Para Diego Morales, experto en propiedad intelectual y catedrático universitario, la actuación de la Senadi podría afectar la neutralidad de la red. Agrega que el precedente de conceder una medida cautelar “no representa los principios de un Estado de Derecho”, en donde las funciones están diferenciadas y controladas.
Alfredo Velazco, director de Usuarios Digitales, recordó que la amenaza de regular contenidos en Internet se gestó en el correísmo. Sostiene que el Código Ingenios deja una ventana para que se pueda distorsionar su aplicación.
El titular de Senadi dice que “son cosas distintas”. Señala que la neutralidad de la red plantea que no puede existir censura, pero que no por eso la web puede convertirse en una vía para facilitar el cometimiento de otras infracciones.
“Esto no busca ningún tipo de censura, no atiende al contenido, sino al acceso ilegal a señales no autorizadas”.
Agregó que las resoluciones de Senadi no son de última instancia y pueden ser apeladas en la Función Judicial.
El Código Ingenios, que entró en vigor hace tres años, cataloga a la Internet como un servicio público. Según el articulado, a los organismos competentes les corresponde vigilar que el precio de este servicio sea equitativo, y establecer los mecanismos de control y regulación correspondientes.