La Reforma penal anticorrupción se aplicará dentro de 180 días

La nueva Asamblea Nacional arrancará sus funciones el próximo 14 de mayo del 2021. Foto: Archivo/ EL COMERCIO.

La reforma penal en materia anticorrupción irá al Registro Oficial, después de que la Asamblea resolviera las objeciones del Ejecutivo al proyecto. Sin embargo, se aplicará al cabo de seis meses.
El objetivo del plazo, según el Parlamento, es “otorgar el tiempo suficiente para que las instituciones implementen estas disposiciones, garantizando un efectivo conocimiento y aplicación de la norma”.
Se trata de una de las 11 objeciones del Ejecutivo que fueron aceptadas por el Pleno, ayer 11 de febrero de 2021. En principio, la Legislatura había planteado que entren en vigor de forma inmediata.
En otras nueve de las 20 objeciones al proyecto, el Parlamento se ratificó en el texto aprobado en diciembre pasado. Entre ellas, en los artículos que tienen que ver con los informes de la Contraloría para los procesos de contratación pública.
Así, la autoridad de la entidad contratante deberá notificar a dicho organismo con la solicitud de informe previo a la contratación. Se estipula un plazo de quince días para el informe, cuando es una contratación ordinaria.
La reforma, en su artículo 581.1, añade que “una vez que la Fiscalía conozca un informe con indicios de responsabilidad penal emitido por la Contraloría General del Estado, por presuntos hechos constitutivos de los delitos contra la administración pública, dará inicio a las investigaciones”.
“En estos casos, el informe de pertinencia y favorabilidad elaborado por la Contraloría General del Estado, previo a todos los procesos de contratación pública, constituirá un elemento sustancial para el desarrollo de la investigación a que hubiere lugar”.
Sin embargo, añade que “en ningún caso estos informes constituyen un requisito de admisibilidad o procedibilidad para el ejercicio de la acción penal por parte de la Fiscalía.”
Dentro de las reformas sustantivas (tipos penales), se crean tres delitos: la obstrucción de la justicia, que se sanciona en todo proceso judicial con pena privativa de libertad de tres a cinco años; el sobreprecio en contratación pública, que sanciona a quienes realicen arbitrariamente cualquiera de los procesos de contratación pública con evidente y comprobado sobreprecio al precio ordinarios establecido por el mercado, con pena privativa de libertad de cinco a siete años; y actos de corrupción en el sector privado, que se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de quinientos a mil salarios básicos unificados del trabajador en general.
Tomando en cuenta la sugerencia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, se sanciona, por primera vez, el peculado en el sector privado, como uno de los tipos de actos de corrupción en dicho sector, con pena privativa de libertad de siete a diez años.
A su vez, se tipifica la evasión de procedimientos de contratación pública, sancionándola con una pena de 10 a 13 años. Se sanciona a los proveedores del Estado que tengan responsabilidad por el cometimiento de este ilícito, como entes corruptores del sector público.
Se establecen tres circunstancias como agravantes para la imposición de la máxima pena: declaratoria de emergencia o estado de excepción; fondos o bienes destinados a programas de salud pública, alimentación, educación, vivienda o de la seguridad social; o, áreas naturales protegidas, recursos naturales, sectores estratégicos, o defensa nacional.
Se sanciona a los administradores y miembros del directorio de las empresas públicas, cuando por su acción u omisión en su gestión ocasione la reducción o pérdida de recursos estatales.
Cuando se obtenga sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de obstrucción de la justicia, sobreprecios en contratación pública y actos de corrupción en el sector privado, los condenados responderán con sus bienes hasta el monto de la reparación integral del Estado y la sociedad.
Según la Asamblea, “este proyecto tiene como objetivo central el prevenir, combatir y fortalecer la lucha contra el fenómeno multidimensional de la corrupción en todo ámbito, ocurra o no en el marco de una declaratoria de emergencia o estado de excepción”.
La aprobación de este texto fue requerida por el FMI para la entrega de un crédito de USD 2 500 millones al país.