
Este jueves 6 de agosto de 2026, el presidente de la República, Daniel Noboa Azin, suscribió el Decreto Ejecutivo n.° 467 con el propósito de unificar y sistematizar reformas institucionales previas, buscando fortalecer la seguridad jurídica y evitar la dispersión normativa dentro de la administración pública del Estado. La normativa establece que el nuevo esquema operativo de la Presidencia de la República se concentrará en cinco secretarías generales para optimizar la gestión institucional en Ecuador.
De acuerdo con lo estipulado en la normativa firmada por el primer mandatario, la estructura orgánica del Ejecutivo estará conformada por cinco dependencias clave:
La Secretaría General de la Administración Pública, Planificación y Gabinete asume la asesoría política, la vocería presidencial, el seguimiento del Gabinete Presidencial y la coordinación interinstitucional.
Asimismo, absorbe las competencias de la Secretaría Nacional del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, encargándose de elaborar la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo y los planes de inversión pública.
Por su parte, la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público ejerce la representación legal de la Presidencia, el patrocinio judicial y la administración de la gestión inmobiliaria del Estado.
Entre sus funciones se encuentran la administración del Catastro Único de Bienes Inmuebles, la enajenación de activos incautados y la regulación de viajes al exterior para las máximas autoridades de la administración central.
La Secretaría General Jurídica se encarga de asesorar legalmente al presidente, revisar proyectos de ley y decretos ejecutivos, y tramitar solicitudes de indultos o cartas de naturalización.
En paralelo, la Secretaría General de Comunicación diseña la estrategia gubernamental, dirige las campañas públicas, gestiona los medios oficiales y avala técnicamente los planes comunicacionales de las entidades del Ejecutivo.
Finalmente, la Secretaría General de Integridad Pública tiene la atribución de diseñar la Política y la Estrategia Nacional de Integridad Pública, prevenir actos de corrupción, actuar como autoridad central en la Convención Interamericana contra la Corrupción y receptar alertas preventivas.
El decreto entró en vigencia a partir de su suscripción el 6 de agosto de 2026, derogando normativas previas para concentrar la organización en un solo cuerpo jurídico.