Posible juicio político contra Guillermo Lasso tendrá 3 filtros

La Corte Constitucional inadmitió las seis demandas de inconstitucionalidad del decreto de muerte cruzada. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
El posible proceso de juicio político en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso, deberá enfrentar tres filtros: dos en la Asamblea y uno, el más decisivo, en la Corte Constitucional. La bancada del correísmo planea presentar la solicitud hasta el viernes 10 de marzo del 2023.
El trámite de un pedido de este tipo tomará más de un mes. Eso se desprende de los plazos previstos en el artículo 129 de la Constitución y en la sección cuarta de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
La norma suprema contempla tres causales para proceder al juicio político contra el Jefe de Estado:
- Por delitos contra la seguridad del Estado
- Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito
- Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.
A dos días de que el Pleno aprobó el informe no vinculante de la Comisión ocasional que investigó a Lasso por una supuesta trama de corrupción en empresas públicas y la operación de la mafia albanesa en Ecuador. Todavía ninguna bancada ha formalizado un pedido para interpelar al Primer Mandatario.
La presidenta de la Comisión, Viviana Veloz (Unes), aseguró que la solicitud será presentada esta semana. “Se deberá decidir quiénes serán los interpelantes de este proceso y presentar la solicitud”, dijo.
El jefe de bloque del oficialismo, Juan Fernando Flores, se mostró desafiante. El legislador pronosticó que "la fábula que construyeron se va a caer por su propio peso". A su vez, rechazó que la Asamblea haya aprobado "un informe que está validado un memes de redes sociales para tratar de constituir un juicio político".
“Montaron el circo y no tienen qué payaso sea el que lo presente. No han logrado constituir quién va a representar elementos tan claves como que un tuit, un meme se convierta en la prueba fehaciente para un juicio político”, insistió.
El rol del CAL
Una vez que la solicitud sea presentada, el presidente de la Asamblea tendrá tres días de plazo para convocar al Consejo de Administración de la Legislatura (CAL). A este organismo, controlado por la mayoría opositora, le corresponde verificar el cumplimiento de los requisitos.
La solicitud tiene que ser respaldada por, al menos, 46 legisladores, lo que equivale a un tercio de la Asamblea Nacional que la bancada del correísmo reúne por sí sola.
El documento deberá contener los fundamentos y la formulación de los cargos atribuidos al Presidente, así como el anuncio de la totalidad de las pruebas, con los documentos respectivos.
“Al CAL le corresponde lo meramente formal, no puede hacer análisis de fondo”, explica Libia Rivas, exsecretaria General del Parlamento. “Puede mandar a completar si hay algún documento o requisito que falta, y solo si no lo entregan la causa sería archivada”.
Dictamen de admisibilidad
Para Rivas, en este tema la Corte Constitucional jugará un rol decisivo. “Habrá que ver si en el marco de verificación de requisitos establecidos en la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Corte hace una interpretación más allá de lo que hizo la Corte anterior”, señaló.
El artículo 129 de la Constitución dice que "para iniciar el juicio político se requiere el dictamen de admisibilidad de la Corte, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo".
El exvicepresidente de la República, Jorge Glas, condenado por la trama de corrupción del caso Odebrecht, enfrentó un episodio similar a finales del 2017. El proceso se dio de forma paralela al que enfrentó Glas en los tribunales de justicia, pero quedó inconcluso cuando fue sentenciado.
En ese entonces, la Corte dio un dictamen de admisibilidad a un pedido impulsado por Creo y el PSC. Sin embargo, el organismo puntualizó que este no constituía “un pronunciamiento sobre el fondo de las pretensiones expresadas en la solicitud de enjuiciamiento político, tampoco la relevancia de la pruebas presentadas”.
Los efectos del dictamen de la Corte Constitucional constan en el artículo 153 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales.
“Ni en el caso del juicio político ni en el del voto de destitución, la Corte Constitucional tiene competencia para pronunciarse acerca de si están probadas las infracciones y la responsabilidad del Presidente de la República", señala. "Tampoco es de su competencia pronunciarse acerca de la existencia de las infracciones para la destitución de la Asamblea Nacional ni de la responsabilidad de éstas en ellas”, precisa.
Comisión de Fiscalización
Si el dictamen no es favorable, esta causa será archivada. Pero si la Corte da luz verde, el expediente regresará a la Asamblea. En este escenario, deberá actuar la Comisión de Fiscalización para sustanciar esta causa; el proceso tomará alrededor de 30 días.
“La Comisión puede señalar si existen o no méritos para el inicio del juicio político. No es que va a estar orientado simplemente a sustentar el juicio político, sino que ellos tienen que tomar una decisión y someter a votación”, explicó Rivas.
La Comisión está encabezada por Fernando Villavicencio (ind.), y Ana Belén Cordero (Creo) como vicepresidenta. Si no hay los votos para aprobar el expediente, Rivas advierte que la Ley Legislativa no especifica si la causa se archiva o cuál es el procedimiento a seguir.
En último caso, para una posible censura y destitución del Primer Mandatario se requieren de 92 votos en el Pleno.
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