La jueza constitucional Karla Andrade dio 24 horas de plazo al jefe de Estado, Guillermo Lasso, para que “determine y especifique” si el veto presidencial remitido a la Asamblea sobre el proyecto de Ley del aborto por violación es por inconstitucionalidad.
Andrade emitió esta disposición (auto) este jueves 7 de abril del 2022, como parte del proceso de sustanciación del control de constitucionalidad requerido por el Parlamento a dicho texto.
La jueza también puso en conocimiento de esta causa a la Procuraduría General del Estado y a la Presidencia de la Asamblea.
El trámite de este pedido se inició en tiempo récord en la Corte Constitucional. El sorteo de la jueza se dio ayer miércoles, en el mismo día que dicha solicitud fue ingresada, esto es, 24 horas después de la resolución aprobada en el Pleno con 75 votos.
Decisión de la Asamblea
Los legisladores acogieron la recomendación de la mayoría de la Comisión de Justicia para que las observaciones presentadas por el presidente Guillermo Lasso sean revisadas por la Corte Constitucional antes de un pronunciamiento definitivo.
El argumento fue que el veto parcial abarca a 61 de los 63 artículos del cuerpo legal que fue aprobado por el Pleno y que incluyen aspectos de constitucionalidad.
El Ejecutivo tiene tres opciones para responder a un proyecto aprobado por la Asamblea: veto parcial, veto total o por inconstitucionalidad. En este caso, Lasso invocó a la primera. Sin embargo, la Comisión evidenció sus discrepancias.
“Lo que está haciendo el Presidente de la República, con todo respeto, es lo denominado como viveza criolla; llamando objeción parcial a lo que realmente es una objeción por inconstitucionalidad”, adujo la ponente del proyecto, Johana Moreira (ID).
Entre las principales observaciones, el Jefe de Estado propuso unificar en 12 semanas el plazo máximo para acceder al aborto, y que para practicarlo se requiera de una denuncia o una declaración juramentada sobre la violación.
La decisión fue adoptada el martes pasado por el Pleno, a casi una semana de que termine el plazo de 30 días para allanarse a las objeciones o ratificarse en el texto aprobado.