Juez de Urdaneta dispone al CNE habilitar al partido Adelante Ecuatoriano Adelante para el 2021

Sylka Sánchez, del partido Edelante Ecuatoriano Adelante, denunció un intento de fraude, pues dijo que el CNE no envió a su delegado para que acompañe la elección primaria. Foto: archivo / EL COMERCIO

Sylka Sánchez, del partido Edelante Ecuatoriano Adelante, denunció un intento de fraude, pues dijo que el CNE no envió a su delegado para que acompañe la elección primaria. Foto: archivo / EL COMERCIO

Sylka Sánchez, del partido Edelante Ecuatoriano Adelante, denunció un intento de fraude, pues dijo que el CNE no envió a su delegado para que acompañe la elección primaria. Foto: archivo / EL COMERCIO

La Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Urdaneta, en la provincia de Los Ríos, aceptó la acción de protección con medida cautelar que solicitó el partido Adelante Ecuatoriano Adelante (AEA) y ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) habilite su participación para el 2021.

La aceptación se concretó a las 17:19 del domingo 23 de agosto del 2020, día en el que culminó el plazo para la realización de elecciones primarias en Ecuador. Sylka Sánchez, miembro del partido, ingresó el pedido en contra de la presidenta del CNE, Diana Atamaint, a las 16:26.

De acuerdo con el documento judicial, el juez ponente de garantías constitucionales dispuso como medida cautelar que en forma inmediata el CNE a través de su presidencia y delegaciones provinciales se habilite la participación de la lista 7 y registre la inscripción de su binomio de cara a los comicios del próximo año.

En el documento judicial se explica que el pasado 21 de agosto, el Tribunal Contencioso Electoral ya declaró la nulidad de las resoluciones N.° PLE-CNE-3-4-6-2020 del 4 de junio de 2020; N.° PLE-CNE-2-10-6-2020, de 10 de junio de 2020; N.° PLE-CNE-1-30-7-2020 del 30 de julio de 2020; así como las resoluciones N.° PLE-CNE-3-4-8-2020 con fecha 4 de agosto de 2020; y, N.° PLE-CNE-3-I0-8-2020, de 10 de agosto de 2020, todas expedidas por el Pleno del CNE, por afectar la garantía básica del debido proceso en cuanto a no haber contado con los medios adecuados para ejercer el derecho a la defensa; vulnerar el derecho a la seguridad jurídica, al no observar el plazo razonable para la decisión administrativa y falta de motivación.

Además, que se estableció que como medidas de reparación integral el CNE adopte las medidas administrativas necesarias para que el partido realice sus procesos de democracia interna, previo a la presentación de sus candidatos para las elecciones generales del 2021.

Ayer, domingo 23 de agosto, Sylka Sánchez había denunciado un intento de fraude, pues dijo que el organismo electoral no envió a su delegado para que acompañe la elección primaria.

Sin embargo, el CNE emitió un comunicado en el que indicó que AEA incumplió los requisitos constitucionales para mantenerse con vida jurídica. Asimismo, señaló que la sentencia del pasado 21 de agosto, resuelta en primera instancia por un juez del Tribunal Contencioso Electoral, no está ejecutoriada.

"Fue apelada ante el pleno de ese organismo jurisdiccional. Por tal razón, al no encontrarse ejecutoriada, la resolución de cancelación del partido emitida por el CNE, está vigente".

Suplementos digitales