La tarde de este 10 de enero del 2023 concluyó la audiencia pública de seguimiento convocada por la Corte Constitucional (CC). Los Magistrados escucharon las explicaciones de las autoridades obligadas a cumplir con la sentencia que ordenó designar al titular del Consejo de la Judicatura. Entre esos argumentos hubo cuatro sugerencias para resolver el tema, no hay fecha límite para que la CC emita su resolución.
El primero en comparecer fue el presidente temporal de la Judicatura, Fausto Murillo, quien leyó un documento sobre las acciones ejecutadas en respuesta a la sentencia 1219-22- EP/221, emitida por la CC el 26 de septiembre de 2022. En ella se determinó que la Judicatura active el mecanismo de selección respecto del delegado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) para presidir la Judicatura, mediante un proceso en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Murillo detalló que el 28 de septiembre del 2022 dirigió un oficio al Cpccs para el efecto, que dispuso en otro documento las disculpas públicas en el sitio web de la Judicatura y que el 13 de octubre se informó a la CC sobre el pago de USD 5 000 al accionante Álvaro Román por daño inmaterial, pues la CC aceptó parcialmente la acción extraordinaria de protección planteada por Román. Se le reconoció su calidad de suplente de quien presida la Judicatura.
Además, Murillo indicó que, por motivo de sus vacaciones, Román le reemplazó en el cargo del 7 al 11 de noviembre del 2022. Con esos antecedentes, el director General de la Judicatura, Santiago Peñaherrera, ratificó que la institución cumplió a cabalidad la sentencia.
Argumentos de los Consejeros
Luego de Murillo expusieron sus argumentos los siete integrantes del Cpccs. El presidente Hernán Ulloa justificó que la primera y segunda terna enviada por la CNJ no fueron tratadas porque no existía una línea jurídica para la designación, por el recurso de Román. Que con el fallo de la CC se adaptó el Reglamento para el proceso, se solicitó una tercera terna, pero dos integrantes no cumplieron con los requisitos y se solicitó otra. Los postulantes de la cuarta terna superaron todas las etapas, sin embargo, no existió un consenso para la designación el 2 de enero del 2023.
El acto de deliberación es personalísimo, según Ulloa. Aseguró que apoyó la mocionó de la designación de Wilman Terán por considerarlo idóneo para el cargo administrativo que requiere la Judicatura y mantuvo esa posición en otras dos mociones. La vicepresidenta Fernanda Rivadeneira cuestionó que, desde la primera moción, Ulloa tuvo la intención de no escuchar más mociones y devolver la terna al solicitar la lectura del artículo 21 del Reglamento para la designación.
Ese artículo dice que de no aprobarse la resolución correspondiente para designar a la o las autoridades del Consejo de la Judicatura que correspondan, se entenderá que la terna y el proceso de designación se han agotado y, por ende, se deberá solicitar una nueva terna. Rivadeneira mocionó a Mercedes Caicedo para el cargo y fue secundada por la consejera Ibeth Estupiñán, pero esta se abstuvo en la votación. Ante la pregunta del presidente de la CC, Alí Lozada, sobre su actuación, Estupiñán respondió: “Apoye la moción con finalidad de apoyar deliberación en el proceso”. Ella mocionó a Luis Rivera y contó con tres votos a favor, pero Ulloa se abstuvo.
Opción de reconsideración
Los jueces Daniela Salazar y Enrique Herrería tenían dudas sobre la opción de la reconsideración planteada por Ulloa para subsanar el tema de la designación, si con el artículo 21 se entendería que el proceso precluyó. “Quiero conocer cuál sería el mecanismo para que inobserven una norma reglamentaria propia mediante una simple reconsideración de la votación”, dijo Herrería.
Ulloa invocó el artículo 19 del Reglamento de sesiones del Pleno. Determina que cualquier consejero que hubiere participado en una sesión, puede plantear en la misma o en la siguiente, la reconsideración de las mociones aprobadas por el Pleno. Para el trámite de una reconsideración se requiere el apoyo de tres de los consejeros principales y para ser aprobada requiere de cinco votos. Las resoluciones adoptadas por unanimidad podrán ser revocadas únicamente de la misma forma.
Además, indicó que el 2 de enero no se logró emitir una resolución sobre el cierre del proceso, por lo que no se solicitó nueva terna a la CNJ. Debido a la licencia por reelección de cinco consejeros y la falta de posesión de suplentes que se principalicen no se ha vuelto a sesionar.
Opción de encargo a Román
El consejero de minoría David Rosero compareció junto a su defensa particular, Carlos Poveda. El jurista sugirió que la CC debería emitir una resolución en la que se reconozca a Román como titular encargado de la presidencia de la Judicatura. La titularidad de Román es la única posibilidad que puede salvar la institucionalidad del Consejo de la Judicatura, sostuvo.
Opción de cambio de medidas
Estupiñán también compareció con su abogado Stalin Raza. Según el jurista, no se puede hablar de una reconsideración porque el 2 de enero no existió una resolución, dado que ninguna de las tres mociones enfocadas en designar a la autoridad tuvo mayoría.
En cambio, sugirió que se declare que no hay incumplimiento de las medidas dictadas en la sentencia de la CC, pero que considere cambiar el alcance de dichas medidas. Es decir, que ordene a los dos consejeros principales habilitados (Ulloa y Sofía Almeida) y a dos suplentes posesionados (Olindo Nastacuaz y Gina Aguilar) para que en un término perentorio sesionen y resuelvan sobre las mociones presentadas respecto a la última terna.
Opción de sanción y designación
El presidente de la CNJ, Iván Saquicela expuso en su comparecencia que el incumplimiento quedó evidenciado por algunos hechos, como la actuación de Estupiñán en la votación y porque envió un alcance sobre el presunto incumplimiento de la declaración juramentada de dos postulantes de la tercera terna, que fueron descalificados. Se entregó, pero la Secretaría del Cpccs hizo una certificación falsa de que no hubo documentos ingresados en ventanilla, señaló. Por ello, dijo que se advierte la destitución.
La defensa de Saquicela recordó que el Cpccs no está integrado y no es posible revocar las licencias de los cinco consejeros de forma temporal para que sesionen. “La sentencia no se puede ejecutar si depende de una sesión del Cpccs”, señaló al pedir que sea la CC la que tome una resolución para el cumplimiento inmediato de la sentencia. Si eso no ocurre y se espera que haya nuevos consejeros, tras la elección del 5 de febrero, la designación de la Judicatura quedará hasta el 14 de mayo cuando se posesionen los consejeros electos, advirtió. El tiempo se extenderá si en la consulta popular gana el SI de la pregunta sobre eliminar la atribución de designación del Cpccs, pues su anexo determina un periodo transitorio y en un año y medio no se ejecutaría la sentencia, resumió.
Con esas consideraciones, pidió al CC una solución definitiva, sea designando una autoridad de la última terna o disponiendo que el Pleno de la CNJ haga la designación.
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