A través de un comunicado el pasado 31 de diciembre de 2024, la bancada de ADN indicó que ni el presidente Daniel Noboa ni sus asambleístas tienen la obligación de pedir licencia para participar en la campaña electoral de febrero de 2025.
Más noticias
Esta postura se basa en la interpretación del artículo 93 del Código de la Democracia y en una sentencia de la Corte Constitucional.
Según el oficialismo, el artículo 93 establece que la licencia es obligatoria únicamente para dignatarios que aspiren a la reelección inmediata en el mismo cargo.
La Corte Constitucional, mediante la sentencia 002-10-SIC-CC, determinó que los periodos derivados de una muerte cruzada no se consideran reelección, ya que tienen como objetivo completar el periodo anterior.
Noboa y los actuales asambleístas asumieron sus funciones tras la disolución de la Asamblea Nacional por decisión del expresidente Guillermo Lasso.
El CNE evita pronunciarse sobre licencia de Daniel Noboa para la campaña
Hasta el momento, el Consejo Nacional Electoral (CNE) no ha emitido un pronunciamiento sobre si el presidente Daniel Noboa debe solicitar licencia para la campaña. ADN sostiene que esta decisión recae exclusivamente en el mandatario, quien podría optar por delegar temporalmente sus funciones o continuar ejerciéndolas mientras realiza actividades proselitistas.
Por otro lado, no se ha precisado si los asambleístas oficialistas planean acogerse a la licencia sin sueldo mencionada en el artículo 93.
Además, la Asamblea no ha hecho público un listado de los legisladores candidatos que hayan solicitado este permiso, cuyo plazo expiró el pasado 28 de diciembre, según informó la presidenta del Legislativo, Viviana Veloz.
Reacción de la bancada de ADN
Desde el oficialismo, se atribuye a sectores opositores, particularmente al correísmo, la intención de forzar la obligatoriedad de la licencia para quienes buscan mantenerse en sus actuales cargos. En el comunicado de ADN señala que esta postura forma parte de un intento por obstaculizar la campaña de Noboa.
Asimismo, los oficialistas argumentan que la normativa vigente permite que las autoridades de elección popular no renuncien ni se acojan a licencia si no persiguen la reelección inmediata en el mismo cargo. Esta interpretación se fundamenta en que la “muerte cruzada” constituye un escenario excepcional que no debe tratarse como un periodo regular computable para reelección.
En el contexto de las elecciones de 2025, el CNE destinará cerca de 14 millones de dólares para la promoción electoral, de acuerdo con los montos anunciados para este proceso. Este presupuesto busca asegurar condiciones equitativas para la difusión de propuestas de los candidatos.
Polémica en el CNE por la licencia sin sueldo de los dignatarios candidatos
El pasado lunes 30 de diciembre, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, no dio paso a que el Pleno se pronuncie sobre la norma que establece licencia sin sueldo durante la campaña electoral para los candidatos que son dignatarios y postulan para la misma dignidad.
El pleno del CNE decidió no acoger el pedido de la vocal Elena Nájera.
Nájera solicitó que sea el Consejo el que ratifique la normativa, ante la discusión política surgida el país y que podría acarrear consecuencias.
Para el consejero Enrique Pita, la solicitud de su colega Nájera no era procedente porque las normativas constitucional y electoral son muy claras y el CNE no podría dar una interpretación de la ley, porque no es su función.
Pita aseguró que el organismo podría pronunciarse si se produjera una infracción electoral por parte del candidato.
Nájera, por su parte, insistió en su pedido debido a que en el mismo CNE hay posiciones encontradas.
Dijo que, incluso, alguna autoridad ha advertido de la posibilidad de que la norma pueda ser interpretada; por lo que, a su criterio, era necesario el pronunciamiento del máximo organismo electoral del país.
En tanto, el consejero, José Cabrera, insistió en que la ley es muy clara y que no se requiere de una interpretación del CNE.
Aseguró que el organismo está obligado a presentar denuncias ante el TCE si se diera alguna infracción en el proceso, “sea quien sea” el candidato imputado.