Sofía Almeida salió del edificio del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), en Quito, pero la minoría persiste en legitimarse. Este jueves 17 de febrero del 2022 se desarrolla una audiencia por la acción de protección presentada por el consejero David Rosero.
La audiencia de acción de protección se desarrolla desde horas de la mañana en Latacunga. El pasado 10 de febrero, Rosero presentó el recurso en contra de los consejeros de mayoría. Esto, debido a que fue removido de la Vicepresidencia un día antes.
A la audiencia asistió el presidente del Cpccs, Hernán Ulloa. Considera que “es un abuso del derecho porque Rosero está presentando una acción sobre los mismos hechos, que ya fueron resueltos en la acción de protección en Samborondón”. Cuestiona que se tramite el recurso en Latacunga cuando la sede del Consejo es en Quito.
Ulloa sostiene que la Presidencia de la institución ya no está en disputa desde que la jueza de la Unidad Multicompetente de Samborondón, Larissa Ibarra, aceptó la acción de protección. El 15 de febrero el Banco Central del Ecuador (BCE) legalizó la representación de Ulloa.
A eso se suma que el miércoles 16 de febrero el juez Ronald Cevallos ordenó acumular la medida cautelar presentada por Almeida al recurso de Ulloa. En la noche, la consejera abandonó las instalaciones del Cpccs, donde permaneció por ocho días tras su remoción.
Desde su despacho, se informó que el viernes 18 de febrero presentará una apelación a la decisión de Cevallos.
Los pasos que quedan para resolver la pugna
Alfredo Espinosa, analista político, interpreta que el retiro de Almeida del edificio refleja que perdió la disputa política y judicial. “Estas dos derrotas la llevan a dar un paso al costado en su interés por mantenerse como presidenta del Cpccs”.
No obstante, el especialista cree que eso no va a reducir el escenario de conflictividad en el organismo. Hay que ver cómo se configura la composición política en las direcciones provinciales del Cpccs, advierte.
Para resolver la crisis en el plano legal, aún faltan dos instancias, la Corte Provincial de Guayas y la Corte Constitucional (CC).
Destitución por incumplimiento
Las partes pueden presentar, eventualmente, una acción extraordinaria de protección en la CC. Esta emitirá una sentencia definitiva. El incumplimiento “acarrea la destitución del funcionario”, dijo el constitucionalista Emilio Suárez.
El jurista basa su criterio en el numeral 4 del artículo 22 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales.
La norma determina que “en caso de que servidoras o servidores públicos incumplieran una sentencia o acuerdo reparatorio, la jueza o juez ordenará el inicio del procedimiento para su eventual destitución. En caso de destitución del servidor omiso, el remplazo debe cumplir el fallo bajo las mismas prevenciones”.
Suárez señala que “los conflictos políticos deberían resolverse en la cancha política” y no llegar hasta la CC.
Se prevé que Almeida se pronuncie en rueda de prensa la tarde de este jueves. Y, por otro lado, que la mayoría reinstale la sesión permanente 3.
Mientras tanto, es evidente que existe un interés por retrasar la designación de autoridades, eso solo beneficia a quienes están prorrogados en funciones, como el contralor Carlos Riofrío, apuntó Espinosa.