Dio la casualidad que se echaron a suerte los destinos de tres magistrados. El propio Hernán Salgado, que presidía la Corte Constitucional, sacó un papel con su nombre y el de otros dos magistrados, con lo que abandonaron ese ente como lo exige la Constitución para dar un espacio de renovación.
Si el azar tuvo que ver con la salida de los tres jueces, el liderazgo de Alí Lozada en la Corte no es una charada, pues su nombramiento se produjo por unanimidad. Ya posesionado como titular de la CC, reflexiona sobre los límites de la institución que dirige a sus 47 años.
Hay tres nuevos magistrados y usted dirige la Corte. ¿Es una renovación de fuerzas?
Las altas cortes en los distintos países, inevitablemente, suelen tener pluralidad de concepciones acerca del derecho, de los derechos. Se identifica que existen jueces que son más liberales, progresistas y otros conservadores. Todo eso es natural, porque aun cuando una corte busca en cada caso que resuelve la mejor respuesta, la respuesta correcta, no siempre estamos de acuerdo en cuál es esa respuesta y eso va a depender de las concepciones que tenemos los jueces. Que no se confunda: esta es una pluralidad legítima, que ocurre en todas las cortes, pero no se trata de un posicionamiento político.
Salieron dos jueces que estaban en un lado de esta división conceptual, filosófica. Eso abre posibilidades para que los nuevos fallos que dé la Corte sean diferentes…
La composición y filosófica, como usted menciona, de la Corte actual es algo que se verá en el futuro. Eso no se anticipa. No es una cuestión que podemos, de antemano, establecer.
¿Se mantendrá la dirección de vigilar derechos?
La función primordial de una Corte Constitucional independientemente de cuál será la orientación conceptual de los jueces siempre va a ser la de garantizar que la Constitución sea respetada. Una Constitución, en su contenido más profundo, es un conjunto de promesas que están dadas para ser llevadas a la realidad. Promesas dirigidas a los ciudadanos en forma de derechos. Entonces, ningún juez constitucional podrá decir que no está comprometido con los derechos. Una cosa distinta es que seamos conscientes todos los ciudadanos de que eso parte desde cómo comprendemos cada uno de esos derechos y ahí puede haber discrepancias. En la práctica, en los casos difíciles, hay que hacer lo que los juristas llaman ponderación. A partir de allí ya vienen las divergencias de concepciones de los jueces.
La Corte maneja un alto volumen de casos represados. ¿Cómo mejorará esto?
Me parece que lo que debemos comprender es que no todas las causas deberían llegar a la Corte. Sería bueno que esto, ya sea por vía de la jurisprudencia o por día de la legislación, se vaya mejorando de manera que no se piense que la Corte es la última instancia. Es decir, si es que en algún caso no se resolvió bien en la justicia ordinaria no se crea que entonces lo que queda es la Corte Constitucional. Se deben afinar esos mecanismos.
Pareciera que todo debería resolverse en la Corte.
La Corte Constitucional en cualquier país constituye la última palabra en cuestiones constitucionales, en cuestiones de derecho. Pero no en todos los casos, no todo asunto tiene que llegar a la Corte Constitucional. Lo que sí es importante es que los criterios últimos sobre derechos, sobre la Constitución, sean fijados por la Corte, pero cuando corresponda. Es una equivocación pensar que la Corte Constitucional es la única garante de los derechos y de la Constitución. Entonces, ¿para qué está la Corte Constitucional? Está para intervenir en un número selecto de situaciones, para fijar los criterios definitivos de la Constitución. Pero no puede ser pensada la Corte como una especie de policía constitucional.
No todos lo entienden así, sobre todo los políticos…
En un Estado constitucional, es muy importante que la Corte sepa marcar sus propios límites porque en esa demanda la Corte puede tener la tentación de pensar que es la justiciera única de los derechos y que es la que arregla los problemas del día a día del país. Sería un error, eso sería minar su institucionalidad. Por eso es que perseveraremos en esa actitud que autorrestricción.
La Asamblea no ha cumplido el dictamen de aprobar en seis meses la ley de aborto por violación y tienen. La facultad de destituir funcionarios que no cumplan sus disposiciones. ¿Se puede llegar a eso?
Es algo muy delicado. Sin embargo, esa facultad existe en general. No podría pronunciarme, porque es sumamente delicado. En su momento la Corte tendrá que tomar decisiones.
Alí Lozada (Archidona, 1975)
Es doctor (Ph. D.) en Derecho Público y Método Jurídico; para su tesis doctoral, realizada en el Departamento de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alicante y merecedora de la máxima calificación de sobresaliente cum laude, contó con dos prestigiosas becas, la una de la Fundación General de la Universidad de Alicante.