Cerca de las 18:15 de este sábado 20 de septiembre de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) reanudó su sesión para tratar los temas relacionados con la consulta popular y el referéndum convocados por el presidente Daniel Noboa mediante el Decreto Ejecutivo 153.
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CNE tomó una resolución sobre la consulta popular de la Asamblea Constituyente propuesta por Daniel Noboa
En la sesión estuvieron presentes la presidenta del CNE, Diana Atamaint; el vicepresidente del CNE, Enrique Pita, y los consejeros Eléna Nájera y José Merino.
Diana Atamaint señaló que, conforme al Decreto 153, la pregunta debe enviarse a la Corte Constitucional para su validación y propuso que se lo haga en un plazo de 24 horas.
Enrique Pita consideró que ese tiempo era demasiado corto para que el organismo emita un dictamen, criterio que también compartió Nájera. Este consejero enfatizó que el proceso debía realizarse bajo el principio de celeridad, pero con un plazo prudencial, y advirtió que la Corte debe actuar con urgencia para evitar un “ping pong” de decretos ejecutivos.
Atamaint insistió en que la remisión a la Corte se haga de manera inmediata, observando el principio de celeridad. La moción fue aprobada con el voto de los cuatro consejeros presentes: Merino, Nájera, Pita y Atamaint.
Daniel Noboa convoca nuevamente a consulta popular para instalar una Asamblea Constituyente
Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 153 con el que convoca a la ciudadanía a una consulta popular para decidir sobre la instalación de una Asamblea Constituyente. La propuesta busca que los ecuatorianos se pronuncien sobre la redacción de una nueva Constitución que deberá ser posteriormente aprobada en referéndum.
En el decreto se señala que la actual crisis de seguridad, la descomposición institucional y la fragmentación política hacen necesario un rediseño constitucional.
El documento recuerda que en 2007 el Tribunal Constitucional validó un proceso similar como salida a una crisis de gobernabilidad, lo que derivó en la Constitución de 2008.
Noboa argumenta que el país enfrenta un escenario diferente al de esa época, con altos niveles de violencia —47,25 homicidios por cada 100 000 habitantes en 2023—, masacres carcelarias, infiltración del crimen organizado en instituciones y pérdida de confianza ciudadana en los órganos del Estado.
La pregunta que se someterá a consulta es:
“¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”.
El alcance de la Asamblea Constituyente
El Decreto 153 establece que, en caso de aprobarse la consulta, se conformará una Asamblea Constituyente de carácter extraordinario y temporal. Tendrá la misión de redactar y aprobar un nuevo texto constitucional que será sometido a referéndum aprobatorio.
El Estatuto anexo fija que la Asamblea contará con 80 integrantes: 52 electos por circunscripciones provinciales, 22 por lista nacional y 6 por circunscripciones en el exterior. Los asambleístas gozarán de inmunidad en sus funciones y tendrán fuero de Corte Nacional en materia penal durante su período.
La duración será de 180 días prorrogables por 60 más. Además, las sesiones serán públicas, se instalarán Mesas de Trabajo temáticas y se habilitará una plataforma digital para recoger aportes ciudadanos.
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