En Ecuador, el veto presidencial es una herramienta constitucional que permite al Presidente de la República objetar total o parcialmente un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Nacional.
Más noticias
Esta facultad está establecida en la Constitución de la República del Ecuador y regulada por la Ley Orgánica de la Función Legislativa. La Asamblea Nacional aprobó una reforma sobre los vetos presidenciales ante las reformas de ley que pasan por el Pleno.
Procedimiento para realizar un veto presidencial
- Aprobación del proyecto de ley: La Asamblea Nacional debate y aprueba un proyecto de ley.
- Envío al Presidente: El proyecto aprobado es enviado al Presidente de la República para su sanción o veto.
- Plazo para el veto: El Presidente tiene un plazo de 30 días para objetar total o parcialmente el proyecto de ley. Si el Presidente no se pronuncia dentro de este plazo, se entiende que sanciona la ley por el ministerio de la ley.
Tipos de veto
- Veto total: El Presidente objeta completamente el proyecto de ley, devolviéndolo a la Asamblea Nacional con sus observaciones.
- Veto parcial: El Presidente objeta parcialmente el proyecto de ley, señalando los artículos o disposiciones con los que está en desacuerdo, y proponiendo las modificaciones pertinentes.
Revisión por la Asamblea Nacional
- Veto total: La Asamblea Nacional puede insistir en el proyecto de ley inicial con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros. Si no se alcanzan los votos necesarios, el proyecto se archiva.
- Veto parcial: La Asamblea Nacional puede aceptar las observaciones del Presidente, modificando el proyecto de ley en consecuencia, o insistir en su texto original con la mayoría absoluta de sus miembros. Si se aceptan las observaciones, el proyecto se remite nuevamente al Presidente para su sanción.
Asamblea aprobó enmienda sobre vetos presidenciales
El Pleno del Parlamento, con 94 votos afirmativos, aprobó el proyecto de enmienda constitucional que modifica el artículo 138 de la Constitución.
Esta enmienda establece que la Asamblea examinará la objeción parcial dentro de treinta días y podrá ratificar el proyecto aprobado con el voto de la mayoría absoluta, es decir, 70 votos, en lugar de los 92 requeridos anteriormente.
Durante el debate, el exasambleísta Héctor Muñoz explicó que la enmienda busca equilibrar los poderes Ejecutivo y Legislativo en la aprobación de leyes. Muñoz fue quien presentó este proyecto, en la legislatura pasado, y fue recibido hoy en el Pleno de la Asamblea en comisión general.