Ley de Economía Violeta reduce por error el período de lactancia materna

La Asamblea Nacional se allanó con 122 votos afirmativos a las ocho objeciones enviadas por el Ejecutivo, el pasado 10 de enero de 2023. Ninguno de los asambleístas que aprobó la norma se dio cuenta del error que ahora hay que corregir. Foto: Pixabay

El proyecto de Ley para impulsar el trabajo de la mujer, igualdad de oportunidades y la economía violeta fue enviada al Registro Oficial. Pero tiene errores sobre el período de lactancia materna. En el texto reduce de 15 a 12 meses el beneficio de la lactancia compartida.

La Asamblea Nacional se allanó con 122 votos afirmativos a las 8 objeciones enviadas por el Ejecutivo, el 10 de enero de 2023. Ninguno de los asambleístas que aprobó la norma se percató del error que ahora hay que corregir.

El tiempo establecido

El artículo 25 de esta norma se refiere a un período de lactancia materna de 12 meses posteriores al parto. Es decir, hasta que el bebé cumpla 1 año. Pero eso está desactualizado, ya que en septiembre de 2021, un dictamen de la Corte Constitucional (CC) extendió el periodo de lactancia hasta que el menor cumpla 15 meses.

La CC tomó la decisión porque se hacía una "distinción injustificada" entre las madres del sector público y del sector privado. Las primeras tenían derecho a un período de lactancia hasta que el menor cumpliera 15 meses y las segundas hasta que cumpliera 12 meses.

Con el fallo, todas las madres trabajadoras gozan de una licencia de maternidad de tres meses y un período de lactancia de 2 horas diarias por 12 meses más. Es decir, hasta que el menor cumpla 1 año y 3 meses.

Vanessa Velásquez, experta en temas laborales, señaló que la Asamblea Nacional comete este error por desconocimiento. Ya que, desde hace más de un año, las madres del sector público y del sector privado tienen este derecho hasta que el menor cumpla 15 meses.

Ahora lo que corresponde es una corrección, como fe de erratas, desde la Asamblea misma, o algún otro mecanismo para realizar la modificación en el texto. El período de lactancia materno no se puede recudir, porque es un derecho adquirido, agregó Velásquez.

El proyecto de ley fue enviado a la Asamblea en abril de 2021. En ese momento aún no había el fallo de la CC.

Pero la actual Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, que debatió la normativa, no la actualizó en más de un año que se tomó para tratarla.

Desde la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, presidida por Daniel Noboa, señalaron que "si existen conflictos con disposiciones constitucionales, el organismo competente para interpretarlo y resolverlo es la Corte Constitucional".

La norma aprobada

La Ley aprobada tiene 29 artículos y 12 disposiciones. Establece medidas que promueven el acceso de las mujeres a instancias de poder y toma de decisión para reducir barreras institucionales, como brechas salariales y tratos discriminatorios a causa de permisos de maternidad y lactancia.

La normativa también da la posibilidad a la madre de compartir con el padre hasta el 75% el goce de las licencias por maternidad y por lactancia.

Además, determina que las instituciones públicas o privadas que cuenten con más de 50 empleados tendrán la obligación de facilitar el servicio de cuidado para los hijos de sus colaboradores.

Además, la reforma el Código del Trabajo evita prácticas discriminatorias en entornos laborales y la Ley de Régimen Tributario Interno otorga la deducción adicional hasta del 140% del aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por la creación de plazas de trabajo destinadas a mujeres.

En la misma situación está la Ley de Pasantías del Sector Empresarial para incrementar la participación de pasantes de género femenino y la Ley de Compañías, para establecer que por cada tres integrantes de los directorios empresariales, uno sea mujer.


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