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Jubilados y pensionistas recibirán atrasado el décimo cuarto

En el IESS: Los pacientes esperan a ser atendidos en el hospital. Juan Carlos Pérez/EL COMERCIO

En el IESS: Los pacientes esperan a ser atendidos en el hospital. Juan Carlos Pérez/EL COMERCIO

Los jubilados y los pensionistas de Montepío del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) recibirán el pago del décimo cuarto sueldo a partir del próximo 20 de agosto del 2014.

Esta información la hizo pública la institución la tarde de este viernes 15 de agosto del 2014. El Código de Trabajo establece el pago de esta cantidad, correspondiente a un salario básico unificado (USD 340, para este año), hasta el 15 de agosto para los trabajadores de la Sierra y Oriente. Sin embargo, el IESS hará el pago cinco días más tarde.

Tienen derecho al décimo cuarto los trabajadores que estén bajo relación de dependencia, lo que implica que estén contratados por un patrono y afiliados al IESS.

También los jubilados patronales, del IESS y de cualquiera de los institutos de afiliación de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas.

El IESS destina USD 71 952 470,62 para el pago de la décima cuarta pensión a 246 379 pensionistas de jubilación por vejez, invalidez, especial reducida, discapacidad y de montepío. En el caso de los pensionistas, el monto total se les entregará si han recibido, de manera consecutiva, sus aportes en los 12 últimos meses. Si el número de rentas fue menor se les cancelará la parte proporcional.

En el caso de los pensionistas de Montepío el valor se distribuye para todos los miembros del grupo familiar que sean beneficiarios del monto.

El IESS deposita las rentas mensuales en las respectivas cuentas bancarias personales de los pensionistas, quienes podrán disponer de sus recursos a partir de este martes.

Réplica

A pedido de Robert Samaniego, director nacional de Comunicación del IESS

En el artículo Jubilados y pensionistas recibirán atrasado el décimo cuarto, publicado en la página web el pasado 15 de agosto del 2014, se estableció en el primero y segundo párrafo, sobre el pago de esta bonificación, que "Los jubilados y los pensionistas de Montepío del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) recibirán el pago del décimo cuarto sueldo a partir del próximo 20 de agosto del 2014.
Esta información la hizo pública la institución la tarde de este viernes 15 de agosto del 2014. El Código de Trabajo establece el pago de esta cantidad, correspondiente a un salario básico unificado (USD 340, para este año), hasta el 15 de agosto para los trabajadores de la Sierra y Oriente. Sin embargo, el IESS hará el pago cinco días más tarde".
Sin embargo, el IESS aclara que según el artículo 183 de la Ley de Seguridad Social se establece que podrán pagar el décimo cuarto, en la Sierra y Amazonía hasta septiembre, por lo que se encuentran a tiempo para el pago.
Por otro lado, el artículo 113 del Código de Trabajo, vinculado al derecho a la decimocuarta remuneración, se establece que "Los trabajadores percibirán, además, sin perjuicio de todas las remuneraciones a las que actualmente tienen derecho, una bonificación anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general y una remuneración básica mínima unificada de los trabajadores del servicio doméstico, respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazónica. Para el pago de esta bonificación se observará el régimen escolar adoptado en cada una de las circunscripciones territoriales.
La bonificación a la que se refiere el inciso anterior se pagará también a los jubilados por sus
empleadores, a los jubilados del IESS, pensionistas del Seguro Militar y de la Policía Nacional".
De ahí que debería establecerse cual es la Ley que prevalece en este caso para determinar si el error pertenece al redactor o existe una contradicción entre las normativas.
NDR: El Código del Trabajo y la Ley de Seguridad Social vigentes, son contradictorias respecto a la fecha de pago del décimo cuarto sueldo.