Internet y libertad de expresión

El derecho a la libertad de expresión, de la mano con la libre difusión de las ideas, es un valor insustituible de la democracia.

Desde el siglo XVIII, filósofos como Montesquieu y Voltaire  reconocieron que el disenso fomenta el avance de las artes y las ciencias y de la genuina participación política.

El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos es un texto clásico: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye  no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y  difundirlas, sin limitación de fronteras, por
cualquier medio de expresión”.

Otro clásico, John Stuart Mill, afirma que esta libertad es esencial para el descubrimiento de la verdad. Casi 20 años después, la Convención Americana sobre Derechos Humanos hizo suya esa resolución al asentar que toda persona tiene derecho al respeto de su honra y su dignidad, y que nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, su familia, domicilio o  correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra.

La misma convención otorga un espacio especial al derecho de rectificación ante informaciones inexactas o agraviantes, emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión que se dirijan al público en general.

El debate ha conducido a la atractiva figura del defensor de la sociedad,   del lector, del televidente, del radioescucha… o del cibernauta en Internet.

Nos encontramos en la era de Internet, una herramienta increíblemente valiosa para la comunicación y la difusión, que cada día llega a millones de personas . Y un reto gigantesco que nos presenta la llamada red cibernética como medio es el de la libertad de expresión.

Hay voces que se definen por la libertad total, rayana en la anarquía; otras, más prudentes,  dicen que no debe estar sin regulación.

Y este dilema, no resuelto ni previsto por las reformas políticas en América Latina,  es el que tiene a los señores del poder  trastabillando en el suelo resbaladizo de las campañas políticas y de la guerra sucia en internet.

El hecho inobjetable e incontrovertible es que la libertad de expresión, derecho fundamental garantizado por la Constitución, no debe  vulnerarse ni por la censura a ultranza ni por remiendos de emergencia. No se puede restringir el derecho de expresión ni impedir la circulación de ideas y opiniones.

Dos son las tareas que deben ser abordadas en este rubro con decisión, inteligencia y responsabilidad: los nuevos retos jurídicos que plantea el avance arrollador de la libertad de expresión en Internet y el papel del Estado como presunto y eventual regulador de un medio de comunicación de tan complicada naturaleza técnica. Porque Internet llegó para quedarse.

El Universal, México, GDA

Suplementos digitales