Tribunal Contencioso destituye al prefecto de Sucumbíos, Guido Vargas, por incurrir en una infracción electoral

Guido Vargas, prefecto de Sucumbíos, fue destituido. Foto: Cortesía /  TCE

Guido Vargas, prefecto de Sucumbíos, fue destituido. Foto: Cortesía / TCE

Guido Vargas, prefecto de Sucumbíos, fue destituido. Foto: Cortesía / TCE

El prefecto de Sucumbíos, Guido Vargas, fue destituido de su cargo por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). El organismo de justicia determinó que Vargas incurrió en un delito electoral, al emplear vehículos de ese Gobierno Provincial con fines proselitistas. Como parte de la sentencia, Vargas deberá pagar una multa estipulada en 10 salarios básicos unificados (USD 3 940) y no podrá ejercer sus funciones de prefecto.

Vargas se inscribió como candidato a la reelección de la prefectura de Sucumbíos por el Partido Sociedad Patriótica (PSP). Además, funge como director de esa tienda política en esa provincia. El candidato podrá continuar con su campaña electoral, pero ya no puede ejercer el cargo de prefecto.

La resolución fue tomada luego de la denuncia presentada por Holver Giler, director provincial de la Izquierda Democrática en esa localidad. Según consta en la sentencia, Giler denunció que el 30 de enero pasado halló propaganda electoral al interior de dos camionetas del Gobierno Provincial de Sucumbíos. El hecho ocurrió en el cantón Baeza, provincia de Napo. La publicidad estaba identificada con Sociedad Patriótica.

Los vehículos de la prefectura eran conducidos por José Chuva y José Solano, ambos trabajadores de la prefectura, quienes no contaban con los respectivos salvoconductos para realizar esa actividad.

Según la sentencia, el prefecto de Sucumbíos y candidato a la reelección tuvo “directa intervención en el uso de los vehículos tipo camioneta de propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Sucumbíos, conducidos por los choferes de la institución que dirige: José Solano Cuenca y José Chuva Piedra, por lo que incurre en la infracción determinado en el artículo 276, numeral 2 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia”.

Ese artículo hace referencia a las infracciones electorales, particularmente a la prohibición de que autoridades o servidores públicos usen bienes o recursos públicos con fines electorales.

En su descargo, Vargas sostuvo que la denuncia tienes fines políticos, pues cree que él sería “el próximo ganador de las elecciones y lo quieren perjudicar sin presentar pruebas que lo vinculen al cometimiento de la infracción electoral”. Incluso, manifestó que la responsabilidad sobre el uso de los vehículos de la prefectura debería recaer sobre los conductores y no sobre él, como prefecto.

En las pruebas recogidas para dictar la sentencia también se presentó una guía de remisión a nombre de una empresa encargada de elaborar artículos promocionales, ubicada en el sector Carcelén, en el norte de Quito. Según consta en el documento, el transportista que recogió el pedido era un funcionario del GAD de Sucumbíos.