La Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) y la LigaPro rechazaron el jueves, 25 de mayo de 2023, el Decreto Ley que grava con tarifa 12% al precio de las entradas de todos los eventos deportivos realizados en Ecuador.
A través de un comunicado, las empresas “apelaron a la sensatez de las autoridades” y pidieron que se “revise la imposición de este nuevo tributo” que cobrará el impuesto al valor agregado (IVA) a los espectáculos púbicos, incluyendo los partidos de la selección y LigaPro.
“Esta decisión del Gobierno afecta al desarrollo del deporte nacional, a los espectáculos en general y a las miles de familias que dependen de estas actividades económicas, porque disminuirá aún más el fomento al deporte y la asistencia del público a los escenarios deportivos y artísticos”, expresa el documento.
El Decreto Ley al que hacen referencia las instituciones, es la reforma tributaria presentada por Guillermo Lasso el 17 de mayo de 2023, tras disolver la Asamblea Nacional.
Según detalla la Federación y LigaPro, la carga tributaria la pagarán “los asistentes, hinchas de la selección del Ecuador y simpatizantes de los equipos de fútbol” en partidos oficiales y amistosos.

“Como promotores del deporte, consideramos que se deben establecer medidas alternativas que no afecten al entretenimiento de los ecuatorianos, ni perjudiquen la sostenibilidad de los clubes y el desarrollo del fútbol, como herramienta de inclusión social”, añade el comunicado.
El presidente Guillermo Lasso suscribió el decreto No. 742 el 17 de mayo que, de ser aprobado por la Corte Constitucional, daría paso a la reforma tributaria.
El documento da paso a la denominada Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar que, además, crea un impuesto único del 15% para plataformas de apuestas deportivas en línea.
Según el Gobierno, la propuesta está destinada a aliviar la carga impositiva de la clase media.
La propuesta de ley incluye además, reformas en el impuesto a la renta de personas naturales; esta introduce nuevamente el concepto de deducción de gastos personales con un límite de USD 15 294 al año
Estas deducciones serán progresivas de acuerdo a las cargas familiares del contribuyente. Hay que tomar en cuenta que se consideran cargas familiares a hijos hasta 21 años, padres que dependan económicamente del contribuyente.
Además, parejas o cónyuges que no tengan actividad económica ni ingresos económicos, y los hijos, parejas o cónyuges con enfermedades catastróficas.
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