Mientras el ex presidente del Directorio del Banco Central y ex titular del Fideicomiso AGD-CFN No Más Impunidad y de la Unidad de Gestión y Ejecución de Derecho Público (Ugedep), Pedro Delgado, se encuentra en Miami para asistir a la boda de su hijo, el impacto de su confesión sobre la adulteración de su título profesional fue mayúsculo ayer en el país.
Y uno de los puntos principales que se debaten es si ahora que se conoce que Delgado nunca obtuvo un título de economista -y que pese a ello cursó una maestría en el Incae al presentar un documento falsificado- sus decisiones cuando estuvo al frente de las instituciones son nulas o no.
Según explica el jurista Joffre Campaña, el marco legal que regula el acceso de la función pública está determinado en la Ley Orgánica de Servicio Público, y en ella no establece la nulidad de los actos del funcionario, ilegalmente nombrado.
Solo si se tratara de nepotismo serían nulas las actuaciones del funcionario, según se determina en el art. 7. No así en el art. 11, en donde se explican los motivos de remoción que, a criterio de Campaña, es lo que compete en el caso de Pedro Delgado.
“La ley hace una distinción entre la destitución y la remoción. La primera es una sanción con una infracción cometida en el ejercicio de su cargo; la remoción es la cesación de funciones por una irregularidad en el nombramiento del funcionario. En esta última no hay sanción”, detalla Campaña.
En este caso, añadió el jurista, la responsabilidad es penal por ejercer un cargo sin un título, pero sus actuaciones son válidas.
Pero Cristóbal Buendía, del estudio jurídico Buendía & Asociados, cree que sí cabe la nulidad de lo actuado por Delgado, y sustentó su tesis citando el artículo 129, literal ‘d’ del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. Allí se establece la nulidad de pleno derecho en los actos “que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta”.
Campaña refuta esta posición, pues el Banco Central no entra en el rango ejecutivo. Buendía, en cambio, destaca que si bien esa entidad en teoría goza de autonomía, la función de Pedro Delgado fue encomendada por el máximo representante del Ejecutivo, que es el Presidente de la República.
“Por el principio de especialidad se tiene que considerar este estatuto, porque no existe otra norma que vaya a lo específico de este problema”, dice Buendía, quien además es representante de los trabajadores del ingenio azucarero EQ2, incautado en 2008, y cuyo 70% fue vendido a un consorcio liderado por el Grupo Gloria.
Los trabajadores de esta empresa que fuera incautada en el 2008 pugnan por comprar el 30% restante. Esta operación tuvo observaciones preliminares por la Contraloría General del Estado. De allí el criterio de Buendía de que con la situación actual de Delgado, quien firmó dicha venta, la operación debiera venirse abajo. En total, la Ugedep registra la venta de paquetes accionarios de 10 empresas incautadas por USD 244 millones.
Por su parte, el presidente Rafael Correa dejó abierta la interpretación a lo que un juez determine.
Según el Mandatario, quien ayer realizó un conversatorio con periodistas en Guayaquil, los actos administrativos de Delgado gozan de legitimidad y tienen validez, a menos que un juez diga lo contrario. Minimizó la posición de quienes dicen que todo lo actuado por Delgado sea considerado nulo, lo cual dejarían a fojas cero las ventas de las empresas incautadas, donde Pedro Delgado era presidente de la entidad que las administraba.
En todo este escenario, el puesto dejado por Delgado en el Banco Central ya tiene una nueva ocupante. Según el Decreto Ejecutivo 1389, firmado ayer por Correa, se aceptó la renuncia de Delgado, y se determinó que Jeannette Sánchez, quien venía desempeñándose como ministra Coordinadora de la Política Económica, ocupe su lugar. Ella había apagado ya otro incendio en octubre del 2011, cuando la entonces ministra Katiuska King había dejado sorpresivamente su cargo en la Coordinación de la Política Económica.