La LigaPro aprobó aumentar el cupo de jugadores extranjeros en los equipos a ocho. Esta medida no impide la habilitación de nacionalizados.
El organismo que preside Miguel Ángel Loor selló la decisión tras someter la propuesta a votación y contar con el apoyo mayoritario de los clubes. Cuando fue consultado sobre si aquello impediría jugar a los futbolistas que se han nacionalizado, este mencionó que no; para efecto de la institución, estos son ecuatorianos.
En caso de que un futbolista extranjero busque nacionalizarse, lo que en consecuencia brindaría un cupo foráneo más para el club en el que se desempeñe, deberá seguir un proceso. Existen una serie de vías por las cuales se puede obtener la ciudadanía entre las que resaltan la Carta de Naturalización y los servicios relevantes.
Proceso regular o Carta de Naturalización
Para adquirir la nacionalidad por medio de la Carta de Naturalización, el solicitante debe cumplir con un tiempo mínimo de permanencia en el país. Este es de tres años, con excepción de refugiados o apátridas, según el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (Mremh).
El requisito dicta que, además, se debe contar con una visa de residencia permanente y estar domiciliado regularmente en la nación. A ello se le suman los documentos de identidad correspondientes al país de origen.
La persona que busque la nacionalidad también deberá ser mayor de edad y tener conocimientos de cultura general del Ecuador. Además, tiene que demostrar su dominio del idioma español, que tiene medios lícitos de vida, estar al día en sus obligaciones con la nación y exponer por qué desea ser ecuatoriano.
Finalmente se debe rellenar el formulario para solicitar la Carta. Después resta pagar el arancel establecido.
Nacionalidad por servicios relevantes
En este caso, el trámite no es mayor, pues quien otorga la nacionalidad por dicha vía es la presidencia de Ecuador. El jefe de estado debe emitir un Decreto Ejecutivo hacia el Registro Civil para que se produzca.
El documento debe adjuntar un expediente. Es necesario que este sea certificado en cada una de sus hojas.
Matrimonio o unión de hecho
Una tercera vía para obtener la nacionalidad es que el solicitante esté casado o en unión de hecho con su pareja. En aquel momento, la ciudadanía se hará efectiva cuando se cumplan dos años de que se registró la vinculación.
Para que se haga efectivo, la persona debe cumplir con algunas de las mismas condiciones que para la Carta de Naturalización. El cambio se presenta en la solicitud a presentar y que no es necesario hablar español o tener conocimientos generales.
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