El 15 de mayo se realizó una audiencia virtual en el Complejo Judicial de Quito. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
El audio se perdió al inicio de la declaración un testigo. El abogado Francisco Freire, desde su casa, intentó arreglar el problema.
Mientras el testigo narraba los hechos, Freire se conectaba y desconectaba intermitentemente. Los jueces se dieron cuenta del fallo cuando el abogado escribió una nota en su celular y la acercó a la cámara de su laptop.
En ese instante suspendieron la diligencia para restablecer el audio. Pero ya había concluido la participación del declarante. “No sé qué dijo y eso me dificultó para hacer el contrainterrogatorio”, se quejó ayer, 21 de mayo del 2020, el penalista, quien asistió, vía telemática, a un juzgamiento.
El penalista Pablo Encalada tuvo el mismo problema en una audiencia de apelación, en un caso de peculado. La cita fue el miércoles 20 de mayo. Ese día se decidía la libertad o no de una persona. Cuenta que la Internet estuvo bien hasta que ingresaron a la sala virtual los jueces. “No se escuchaba con claridad y la cámara estaba tan lejos que no se podía ver a los jueces”.
Para ambos abogados, las audiencias virtuales en el ámbito penal vulneran principios como el debido proceso y la inmediación. “No se puede ejercer una verdadera defensa”, agregó Encalada. A Freire, por su parte, le preocupó no saber si los jueces oyeron bien sus argumentos o si le prestaron atención.
El Observatorio de Derechos y Justicia advierte sobre cuatro riesgos que pueden darse en audiencias en el ámbito penal: primero la pérdida de conexión en los interrogatorios. Segundo, el hecho de que muchos testigos no puedan conectarse a medios virtuales o no tengan suficientes conocimientos sobre cómo hacerlo. También se pierde la inmediación entre juez, abogados e interrogado. Y cuarto riesgo, que la consulta o exhibición de documentos no se puede hacer a través de las pantallas.
Para el Consejo de la Judicatura (CJ), estas audiencias virtuales “son temporales” y responden a la necesidad de no paralizar el servicio de justicia mientras el país afronta la emergencia sanitaria.
“Hay que considerar que el juez es quien decide si se lleva a cabo la audiencia de forma telemática o por otro medio. La Judicatura solo otorga la logística a nuestros servidores. La Judicatura no puede responsabilizarse porque en la casa de un abogado, por ejemplo, no haya el ancho de banda adecuado”, dijo José Morillo, vocal del CJ.
La Corte Nacional de Justicia creó un protocolo que norma la conducción de este tipo de diligencias. Para las audiencias virtuales, se debe emplear la plataforma Polycom o Zoom App. Para comparecencias físicas se debe ubicar a las personas de forma distante o en diferentes salas del mismo edificio. En ese caso también se usa conexión por video y audio.
Sobre la presentación de documentos, la Corte Nacional establece que los abogados deberán pedir autorización al juez y este podrá ordenar que los papeles se envíen vía correo electrónico.
La abogada Cindy Aguilar también se quejó de un incidente que ocurrió el miércoles en una audiencia telemática. En su cuenta de Twitter escribió que uno de los abogados fingió un problema de conexión para no responder.
Según el penalista Mario Melo, en la audiencia a la que asistió no estuvo clara la identidad de un testigo y por esa razón objetó para que esta diligencia no se dé por esa vía. “La solución que me dieron es que debemos hacer la audiencia físicamente y eso implica que deberé viajar a la Corte de Cotopaxi, pero como abogados no tenemos salvoconductos”.
El vocal Morillo pidió un informe de los problemas suscitados en las teleaudiencias que se han realizado en esta semana. El objetivo, dijo, es corregir los problemas.