Sentenciado por abusar sexualmente de una mujer en la acera, en Cuenca

Imagen referencial. El procesado recibió una condena menor por colaborar con las autoridades de justicia. Foto: Fiscalía

Marlon Esteban P. fue sentenciado a dos años de cárcel por el delito de abuso sexual a una mujer en una vía pública de la ciudad de Cuenca, en el sur de Ecuador. La condena la dio a conocer la Fiscalía General del Estado el 30 de julio del 2021.

La fiscal María José Flores, de la Unidad Especializada en Violencia de Género, dijo durante la audiencia de juicio que el hecho sucedió el 10 de junio del 2020 en el sector de Totoracocha, en esa ciudad austral.

La mujer caminaba por la acera cuando el victimario, que caminaba frente a ella, "se acercó, tocó sus partes íntimas y huyó", informa el Ministerio Público. La afectada pidió auxilio a los policías que se encontraban por el lugar y minutos después los agentes lograron capturarlo.

La Fiscalía sustentó la materialidad del delito con pruebas como los testimonios de la víctima, de los policías que le prestaron auxilio, del agente de Criminalística que efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos y de la perita que practicó la valoración psicológica a la víctima.

Después de conocer estos elementos el Tribunal de Garantías Penales del Azuay sentenció a Marlon Esteban P. a dos años de cárcel por el delito de abuso sexual, pese a que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 170 establece una pena de tres a cinco años.

El mencionado artículo señala: "la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, cuando la víctima sea mayor de 14 años".

La pena se redujo, explica el Ministerio Público, "porque los jueces aplicaron las circunstancias atenuantes de la infracción, tipificadas en el artículo 45, numerales 5 y 6" del COIP.

El numeral 5 del artículo 45 dice: "Presentarse en forma voluntaria a las autoridades de justicia, pudiendo haber eludido su acción por fuga u ocultamiento". Mientras que el numeral 6 recoge: "Colaborar eficazmente con las autoridades en la investigación de la infracción".

Además de la pena privativa de la libertad los Jueces dispusieron que el sentenciado cancele un "monto económico como reparación integral a la víctima". La cifra no consta en el comunicado de la Fiscalía.

#ATENCIÓN | Fiscalía procesa a auxiliar de enfermería por abuso sexual de niña en hospital infantil » https://bit.ly/3jHDYT9

Posted by El Comercio on Friday, July 2, 2021

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