Junior R., cabecilla de una banda delictiva que opera en el país, solicitó un hábeas corpus para obtener su libertad. Este jueves 9 de febrero de 2023 se conoció que su abogado, Ronald Cantos, fue quien hizo la solicitud de este recurso constitucional.
El fiscal Julio Sánchez decidió no acusar penalmente a Junior R. De este dictamen abstentivo también se beneficiaron otros 12 procesados. Todos eran investigados por el presunto delito de tráfico de armas.
Tras esa decisión del fiscal, una jueza de la Unidad Judicial de La Aurora, en Daule, dictó el sobreseimiento y ordenó la libertad de esas 13 personas. “Se dispone girar la boleta de excarcelación, a fin de que se los ponga en inmediata libertad”, dijo la jueza.
Esa disposición se emitió el pasado 2 de febrero. Han transcurrido ocho días y Junior R. aún sigue recluido en la cárcel de Guayaquil.
Eso ocurrió porque luego de conocer la orden de libertad, el presidente Guillermo Lasso dijo que su Gobierno “no va a permitir que un sujeto con un historial delictivo tan grande y sangriento abandone la cárcel”.
Hábeas corpus
Tras la reacción del Ejecutivo y al ver que su cliente, junto con otros sobreseídos más no fueron liberados, el abogado Cantos presentó la solicitud de hábeas corpus el 4 de febrero de 2023.
Este pedido recayó sobre la jueza Espléndida Navarrete, de la Unidad Judicial Florida Norte. Aún no se decide si se acepta o no este recurso constitucional.
El hábeas corpus tiene como objetivo recuperar la libertad de quien se encuentre “privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima”, y también “proteger la vida y la integridad física” de una persona.
La justificación
Cantos señaló que “al existir un sobreseimiento y al no haber una acusación fiscal, se debe revocar la prisión preventiva. Por lo tanto, se debe recuperar de manera inmediata la libertad personal y ambulatoria de todos los procesados sobreseídos”.
El abogado también aseguró que el Director del Centro de Rehabilitación donde está Junior R. no ha dado cumplimiento a una orden legítima de autoridad competente y que, de manera “arbitraria”, no se ha cumplido con la orden de libertad.
“Esto vulnera el derecho a la libertad personal, sin que exista un fundamento constitucional o legal para que el Director no cumpla con la disposición impositiva de la Jueza”, indicó Cantos.
Luego de que el Primer Mandatario dijera que no se permitirá la salida de Junior R., el Servicio Nacional de Atención Integral a Privados de la Libertad (SNAI) indicó que “el Gobierno Nacional actúa con firmeza y que hace un llamado a los organismos de justicia para orientar sus actuaciones al fortalecimiento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social”.
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